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El Gobierno Nacional revoluciona el sistema de Riesgos del Trabajo con una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades, buscando agilidad y uniformidad, pero con una entrada en vigencia postergada.
¡Atención, trabajadores y empresas! El Boletín Oficial acaba de publicar el Decreto 549/2025, una medida que sacude los cimientos del sistema de Riesgos del Trabajo (SRT) al sustituir la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales (el famoso "Baremo Laboral") que regía desde 1996. Esta movida, que llega tras la aprobación unánime del Comité Consultivo Permanente, busca modernizar la forma en que se miden los daños por accidentes laborales y enfermedades profesionales.
El objetivo oficial es "garantizar la objetividad y precisión" en la valoración del daño, adaptándose a los avances tecnológicos y científicos. La nueva tabla, que estará vigente en Ciento Ochenta (180) días corridos desde su publicación, promete unificar criterios y evitar la "discrecionalidad" que, según el Gobierno, generaba litigiosidad y desigualdad. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya había insistido en la necesidad de un baremo único para asegurar la igualdad de trato.
Además, el decreto invita a las provincias a conformar o integrar Cuerpos Médicos Forenses especializados, que intervendrán en las causas judiciales. La idea es que peritos expertos en riesgos del trabajo emitan dictámenes "rápidos, de alta calidad científica y a costos razonables", asegurando imparcialidad al no vincular su retribución al monto del pleito.
¿Qué significa esto para vos? Si sos trabajador, tu incapacidad se evaluará con un nuevo criterio, que buscará ser más preciso. Si sos empleador, el sistema promete mayor predictividad y menor litigiosidad. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) será la encargada de dictar las normas complementarias y capacitar a los profesionales. Este cambio afecta a todas las valoraciones de incapacidad no dictadas al momento de la entrada en vigencia, sin importar la instancia.