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En un giro inesperado, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) relaja los requisitos para la emisión de comprobantes Clase 'A' para pesos pesados del sector financiero y asegurador. ¿Menos burocracia o puerta abierta a la discrecionalidad?
La Resolución General N° 5830/2026, fresca del horno del Boletín Oficial, es un verdadero golazo para bancos y aseguradoras, pero levanta cejas en el resto del entramado productivo. La ARCA, buscando "agilización administrativa", ha decidido eximir a las entidades financieras (Ley N° 21.526) y de seguros (Ley N° 20.091) de los rigurosos requisitos que hasta ahora regían para la emisión de comprobantes Clase "A".
Hasta hoy, obtener esta autorización era un calvario, especialmente para quienes no acreditaban solvencia patrimonial o tenían inconsistencias fiscales, bajo la lupa de la Resolución General N° 5.762. La justificación oficial es que estas mega-empresas ya están bajo la estricta vigilancia del Banco Central (BCRA) y la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) en cuanto a liquidez y capitales mínimos.
Para el común de los mortales, el impacto directo es limitado. Pero para el sector financiero, es una reducción de costos y tiempos burocracia que podría traducirse en mayor agilidad operativa. Sin embargo, la medida abre el debate: ¿es justo que solo los grandes jugadores gocen de esta "flexibilización" mientras las Pymes siguen lidiando con la misma burocracia asfixiante?
La medida entra en vigencia con su publicación, pero será aplicable a partir del 1 de julio de 2026. Los puristas de la transparencia fiscal ya se preguntan si esta "agilización" no termina por ser un privilegio para unos pocos.