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El Ministerio de Capital Humano homologó una catarata de acuerdos salariales que impactan desde el sector automotor y de limpieza hasta la crítica industria del gas y los servicios rápidos. ¿Quiénes festejan y qué letra chica deben leer los trabajadores y empresarios en esta pulseada inflacionaria?
El Boletín Oficial acaba de soltar una verdadera bomba para el mundo del trabajo: el Ministerio de Capital Humano, a través de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, dio luz verde a una serie de convenios colectivos que estaban en la mira, afectando a miles de empleados y empresas en rubros vitales de nuestra economía.
La Disposición 1366/2025 valida el acuerdo entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA) y la CAMARA DE CONCESIONARIOS DE SERVICIOS DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO. Esto significa nuevas condiciones salariales para el Convenio Colectivo de Trabajo N° 454/06. Ojo, hay sumas pactadas con carácter no remunerativo, un detalle no menor que la autoridad advierte se ajusta al Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo, con implicancias en cargas sociales y futuros cálculos indemnizatorios.
Por otro lado, la Disposición 1302/2025 homologa lo acordado entre el SINDICATO DE OBREROS DE MAESTRANZA (SOM) y la ASOCIACION DE EMPRESAS DE LIMPIEZA (ADEL), actualizando el CCT N° 281/96. Aquí la polémica: la contribución empresaria a ADEL no fue homologada por ser de ámbito privado. Además, se aclaró que la contribución solidaria de la Cláusula Sexta será a cargo de los no afiliados, y se recordó la importancia de la responsabilidad solidaria del Artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo.
La Disposición 1367/2025 trae alivio para los trabajadores de la gastronomía y afines, al homologar el pacto entre la FEDERACION TRABAJADORES PASTELEROS, SERVICIOS RAPIDOS, CONFITEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS (FTPSRCHPYA) y la CAMARA ARGENTINA DE ESTABLECIMIENTOS DE SERVICIOS RAPIDOS DE EXPENDIO DE EMPAREDADOS Y AFINES para el CCT N° 329/00. También aquí hay sumas no remunerativas en la mira del Artículo 103 LCT, y se prevé un procedimiento para una nueva negociación colectiva si las condiciones cambian drásticamente.
Y el plato fuerte: la Disposición 1368/2025 da el visto bueno a dos acuerdos fundamentales para la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES con la CAMARA ARGENTINA DE DISTRIBUIDORES DE GAS LICUADO (CADIGAS), CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS FRACCIONADORAS, ALMACENADORAS Y COMERCIALIZADORAS DE GAS LICUADO (CAFRAGAS) y la CAMARA DE EMPRESAS ARGENTINAS DE GAS LICUADO (CEGLA), en el marco del CCT N° 592/10. Este ajuste en un sector estratégico es clave para la cadena de valor energética y el bolsillo de los trabajadores. También se reiteran las advertencias sobre las sumas no remunerativas y la necesidad de nuevas negociaciones futuras.
"Estas homologaciones son un termómetro de la tensión económica actual, donde los salarios buscan desesperadamente no perder contra la inflación", afirmó un analista cercano al sector. "La discusión sobre las sumas no remunerativas y los topes indemnizatorios sigue siendo un punto de fricción constante".
Si sos trabajador de alguno de estos sectores, ¡tus salarios se actualizan! Pero prestá atención a los detalles de las sumas no remunerativas, ya que pueden afectar tus aportes y beneficios futuros. Para las empresas, implica un aumento en los costos laborales, en un contexto económico desafiante. La capacidad de trasladar estos costos al precio final será clave.
Para estar informado: seguí de cerca las publicaciones del Boletín Oficial y las comunicaciones de tu gremio o cámara empresaria. La dinámica de las paritarias en Argentina es constante y cualquier detalle puede cambiar el panorama.