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El Ministerio de Capital Humano, a través de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, acaba de oficializar los nuevos topes indemnizatorios para una decena de convenios colectivos. Esta medida, que afecta desde marineros hasta pasteleros y petroleros, define el máximo que un trabajador puede percibir en caso de despido sin causa, generando certezas (y quizás algunas polémicas) en el mercado laboral argentino.
El Boletín Oficial explota con una serie de Disposiciones del Ministerio de Capital Humano que impactan directamente en el bolsillo de miles de trabajadores y en la planificación financiera de numerosas empresas. La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha fijado los importes promedio de las remuneraciones y los respectivos topes indemnizatorios para una amplia gama de actividades, siguiendo lo establecido en el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.
En criollo, estos topes son el límite máximo que una persona puede recibir como indemnización por despido sin justa causa. No es un monto fijo para todos, sino que se calcula en base al promedio de las remuneraciones del sector y del convenio colectivo específico. Para los empleados, esto brinda una certeza sobre el monto máximo a esperar, mientras que para las empresas, establece un techo a su exposición económica en caso de desvinculaciones, facilitando la previsibilidad de costos.
Las disposiciones publicadas hoy son el resultado de acuerdos salariales previamente homologados entre sindicatos y cámaras empresariales, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250. El Gobierno, con estas medidas, simplemente da el paso administrativo final para que esos acuerdos tengan plena validez legal en lo que respecta a las indemnizaciones.
Los sectores afectados son variadísimos, abarcando desde la Marina Mercante y la construcción de embarcaciones, pasando por el estratégico Petróleo, Gas y Biocombustibles, hasta la industria pastelera, hotelera y gastronómica. También se incluyen los molineros, las empresas de nutrición animal, el personal jerárquico del agua y la energía, y hasta los trabajadores del espectáculo y parques de atracciones. Esto demuestra la capilaridad de la regulación laboral en Argentina, donde cada sector tiene sus particularidades y sus propios acuerdos que luego el Estado debe homologar y reglamentar.
Es importante destacar que la Disposición 2072/2025 actualiza y deja sin efecto topes indemnizatorios previos para el sector del espectáculo correspondientes a marzo, mayo y julio de 2023, lo que subraya la necesidad de una constante revisión y ajuste de estas cifras en un contexto inflacionario y de negociaciones paritarias continuas.
¿Cómo estar informado? Para conocer los montos exactos que te corresponden o que tu empresa debe considerar, es fundamental consultar los anexos de cada Disposición, que se publican en la edición web del Boletín Oficial. Estos documentos son la clave para entender las cifras que modelarán el futuro de miles de relaciones laborales.