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El SENASA le pone un freno definitivo a la Somatotropina Bovina recombinante (rBST), una hormona anabolizante que engordaba el bolsillo de algunos, pero ponía en jaque la salud y el acceso a mercados clave para la carne y lácteos argentinos.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) ha dictado una medida contundente: la prohibición en todo el Territorio Nacional del uso y la comercialización de cualquier producto veterinario que contenga Somatotropina Bovina recombinante (rBST). Esta hormona de crecimiento, clasificada como anabolizante, se utilizaba para incrementar la producción láctea en ganado bovino. La resolución establece un plazo de TREINTA (30) días corridos para que los productos existentes se adecúen a la categoría de "uso exclusivo de exportación", o serán cancelados. El incumplimiento acarreará severas sanciones, conforme a la Ley N° 27.233.
Esta decisión no es menor. La utilización de rBST se encontraba restringida o prohibida en numerosos mercados internacionales estratégicos para las exportaciones argentinas de productos lácteos y cárnicos, como la Unión Europea (UE) y China. La prohibición local busca alinear la producción nacional con estos estándares globales, consolidando la imagen de Argentina como proveedor de alimentos seguros y de alta calidad. Además, se atiende a los "riesgos potenciales para la salud humana derivados del consumo de alimentos obtenidos de animales tratados con dicho principio activo".
Para los consumidores, es una noticia tranquilizadora: se elimina un potencial riesgo para la salud asociado al consumo de alimentos tratados con esta hormona. Para los productores que dependían de la rBST, implica una adaptación obligatoria de sus prácticas y una posible reevaluación de sus estrategias productivas. Sin embargo, para el conjunto del sector agroalimentario, es una puerta que se abre a la diferenciación y el valor agregado en los mercados internacionales más exigentes, fortaleciendo la competitividad de las exportaciones argentinas.
"La prohibición del uso de la rBST se alinea con la política sanitaria de la REPÚBLICA ARGENTINA que promueve la diferenciación de la producción nacional en términos de calidad e inocuidad, así como resguarda la imagen y el acceso a los mercados internacionales de los productos agroalimentarios argentinos."
Los titulares de productos veterinarios con rBST tienen 30 días para adecuarlos a "exclusivo de exportación". Es crucial contactar al SENASA para cumplir con la normativa y evitar la cancelación de certificados y las sanciones correspondientes. Para los ciudadanos, es una garantía más en la mesa.
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