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Una trabajadora estatal con 30 años de antigüedad vio cómo su ambición de ascenso a un nivel superior era rechazada por decreto presidencial, agotando la vía administrativa y abriendo la puerta a una batalla judicial. ¿Es un caso de burocracia implacable o una señal de mano dura en la gestión de personal?
El Boletín Oficial nos trae una noticia que resuena en los pasillos de la Administración Pública Nacional: el Presidente en persona, con el Decreto 1100/2024, le puso un freno definitivo al recurso jerárquico de la señora Fabiana Marcela IZQUIERDO (D.N.I. Nº 21.551.843), quien buscaba ascender al Nivel B del codiciado SINEP (Sistema Nacional de Empleo Público).
La señora Izquierdo, una empleada con nada menos que 30 años de servicio, había intentado subir un escalón en su carrera, argumentando que sus títulos (secundario y un curso de la Universidad de Buenos Aires sobre violencia laboral) eran pertinentes para el puesto. Además, sostenía que ya había ascendido al Nivel C por el mismo régimen de valoración y que las normativas le permitían un ascenso de hasta dos niveles. Pero el Comité de Valoración fue contundente: sus títulos no eran "atinentes al puesto" y, además, ya había sido promovida al Nivel C, lo que, según las Instrucciones sobre la Valoración Niveles B, la inhabilitaba para postularse al Nivel B.
Lo más picante del caso es que Izquierdo no se quedó callada. Denunció que realizaba las mismas tareas que compañeros en el Nivel B, lo que, a su entender, configuraba una discriminación salarial y vulneraba el principio de "igual remuneración por igual tarea". Sin embargo, la Oficina Nacional de Empleo Público y la Procuración del Tesoro de la Nación, citando informes técnicos, respaldaron la decisión de rechazo.
"...tratándose de cuestiones técnicas, el análisis jurídico debe realizarse de conformidad con los informes de los especialistas en la materia de que se trate"
Esta frase de la Procuración del Tesoro es clave: en estos casos, la opinión técnica prevalece.
Este decreto no solo afecta a Fabiana Izquierdo, sino que sienta un precedente. Muestra la rigidez y la estricta interpretación de los regímenes de promoción dentro del SINEP. Para los trabajadores estatales, significa que los ascensos no son automáticos por antigüedad o por cursos genéricos, sino que requieren una pertinencia directa y explícita de la titulación con el nivel escalafonario. También subraya que las vías administrativas tienen un límite y que, a veces, la única opción restante es la judicial. La señora Izquierdo ahora tiene NOVENTA (90) días hábiles judiciales para llevar su reclamo a la justicia, si así lo decide. Este caso es un claro ejemplo de cómo la burocracia estatal puede ser un laberinto para los propios empleados.