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Un insólito fallo administrativo del Instituto de Previsión Social bonaerense revoca una resolución anterior y exige a Rosa Mabel Mastellone devolver $464.405,29 por haberes mal liquidados, generando indignación y encendiendo las alarmas sobre la seguridad de las prestaciones.
La Plata se sacude con un nuevo capítulo de la burocracia estatal que golpea directo al bolsillo de los más vulnerables. El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires acaba de publicar la Resolución N° 40.323, un documento que no solo corrige un error garrafal propio, sino que además le cae como un baldazo de agua fría a una jubilada, Rosa Mabel Mastellone, o a sus derecho-habientes. ¿El motivo? Un cobro excesivo de haberes que, según el organismo, asciende a la friolera de $464.405,29.
Todo comenzó con la Resolución N° 39.529, fechada el 23 de diciembre de 2025, donde se reconoció el derecho a pensión de la señora Mastellone. Sin embargo, en un descuido que ahora resulta carísimo, el IPS omitió consignar la forma de recupero de una deuda, generando este intrincado laberinto legal. Es decir, el propio organismo reconoció el beneficio, pero se olvidó de cómo recuperar el dinero que, supuestamente, se había pagado de más entre el 10 de mayo de 2022 y el 30 de agosto de 2023.
Este nuevo dictamen revoca el artículo 2° de la resolución original y, sin miramientos, declara el cargo deudor. Ahora, los derecho-habientes de Rosa Mabel Mastellone tienen un plazo de veinte (20) días para cancelar la deuda o, en su defecto, celebrar un convenio de pago. Si no lo hacen, la advertencia es clara: se aplicarán intereses moratorios y se iniciarán acciones legales para el recupero. Para realizar el pago, se deberá hacer un depósito en la cuenta 50046 3, CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata).
'La ineficiencia administrativa no puede ser una carga para el ciudadano', claman voces críticas.
Este caso es un llamado de atención urgente para todos los beneficiarios de prestaciones sociales: revisen con lupa sus liquidaciones. Un error estatal puede convertirse en un dolor de cabeza monumental y una obligación de devolución con la que no contaban. El IPS, en su artículo 3°, ya anticipa que, de no haber acuerdo, el Departamento Detección, Gestión y Recupero de Deudas confeccionará un título ejecutivo para iniciar la vía judicial.
Los afectados tienen derecho a interponer un recurso de revocatoria dentro de los veinte días de notificados, según el artículo 74 del Decreto-Ley N° 9650/80. Es vital buscar asesoramiento legal ante estas situaciones. Este episodio resalta la necesidad de mayor transparencia y rigurosidad en los procesos administrativos del Estado, especialmente cuando afectan los ingresos de jubilados y pensionados, sector de por sí vulnerable.

19 de septiembre de 2025
13 de febrero de 2026
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