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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero pone orden en la maraña de normativas sobre exportaciones temporarias, buscando claridad y agilización para el comercio exterior con un texto único.
La AFIP, ahora Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), acaba de dar un golpe de timón contra la burocracia con la Resolución General 5640/2025. El objetivo es claro: simplificar y unificar la normativa que regula la Destinación Suspensiva de Exportación Temporaria, un régimen clave para muchas empresas que operan en el comercio exterior.
¿Por qué es tan importante este cambio?
Hasta ahora, las empresas se enfrentaban a un laberinto de resoluciones, disposiciones e instrucciones generales emitidas a lo largo de décadas. Normas como la Resolución N° 2.728 (ANA) de 1997 o la Disposición N° 85 (SDG LTA) de 1998, entre muchas otras, generaban confusión e inseguridad jurídica.
Esta nueva resolución abroga ocho normativas previas, consolidando todos los procedimientos y pautas en un único cuerpo legal. Esto se traduce en:
La medida busca facilitar la consulta y aplicación de las normas vigentes, lo que podría reducir costos operativos y tiempos de espera para las empresas que exportan bienes de forma temporaria. La Subdirección General de Recaudación será la encargada de actualizar la información y dictar instrucciones operativas complementarias, que se publicarán en el micrositio "Exportaciones Temporarias" de la web de ARCA.