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El Ministerio de Justicia y Seguridad de Santa Fe rechazó la homologación de un curso para mediadores como capacitación continua, al considerarlo no "superador" del nivel básico. Sin embargo, lo reconoció para la promoción de métodos no adversariales de resolución de conflictos.
El Ministerio de Justicia y Seguridad de Santa Fe, mediante la Disposición N° 0013, se pronunció sobre la solicitud de homologación de un curso para mediadores presentado por la Fundación Constructores de Paz. El curso, titulado “Autorregulación Emocional y Presencia Consciente del Mediador, Respiración, Meditación y Autocuidado Profesional”, buscaba ser reconocido como capacitación continua.
La Dirección Provincial de Mediación rechazó la homologación como "capacitación continua" bajo el Anexo IV del Decreto N° 1747/11. La razón principal es que el programa no fue considerado "superador" respecto al Curso Básico de Formación de Mediadores, un requisito esencial para este tipo de formaciones.
Sin embargo, la disposición reconoció el curso en los términos del Artículo 1 de la Ley N° 13.151. Esto significa que, aunque no servirá para acreditar los requisitos de los Artículos 24 y 25 de la Ley N° 13.151 (que regulan la acreditación de la capacitación continua), sí es válido para promover métodos no adversariales de resolución de conflictos.
Para los mediadores en Santa Fe, esta decisión delimita el alcance de la formación. Podrán cursar esta capacitación para enriquecer sus habilidades en autorregulación y meditación, pero no les computará como parte de la capacitación continua obligatoria para mantener su habilitación o ascender. La medida subraya la importancia de que las capacitaciones continuas ofrezcan una profundización real más allá de la formación inicial.