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El Decreto N° 24/24 de la Provincia de Buenos Aires concluye su trámite administrativo con el Artículo 7°, que dispone su registro, comunicación, publicación oficial y archivo, firmado por el Director Mauro Ariel Formica.
El Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires publicó el Artículo 7° del Decreto N° 24/24, una instancia procedimental clave que marca el cierre formal del proceso de esta normativa. Este artículo establece los pasos finales para la entrada en vigor y el resguardo del decreto: su registro, la comunicación a las partes pertinentes, la publicación en el Boletín Oficial y en el Sistema de Información Normativa y Documental de la Provincia de Buenos Aires (SINDMA), y finalmente su archivo. La disposición está firmada por Mauro Ariel Formica, en su carácter de Director. Es importante destacar que el texto hace referencia a tres anexos (Anexo I, Anexo II y Anexo III), los cuales no se incluyen en esta publicación, por lo que el contenido sustantivo del decreto no se detalla aquí. Este tipo de artículos son habituales y forman parte del circuito administrativo estándar para la finalización y oficialización de las normas.