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El Banco Central emplaza a varias empresas y personas físicas por presuntas infracciones al Régimen Penal Cambiario. ¿Quiénes son los nuevos señalados en la lucha contra el mercado ilegal de divisas?
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) no da tregua en su cruzada contra las infracciones cambiarias, y el Boletín Oficial de hoy lo deja bien claro con una serie de avisos oficiales que citan y emplazan a varias firmas y particulares. Se trata de un llamado a "estar a derecho" o "presentar defensa" en sumarios que se instruyen bajo el temido artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359.
Entre los citados, encontramos a:
Todos ellos tienen un plazo de 10 días hábiles bancarios para comparecer ante la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, bajo apercibimiento de ser declarados en rebeldía.
Estas citaciones son un recordatorio constante de la vigilancia del BCRA sobre cualquier movimiento que considere irregular en el mercado de divisas. Para las empresas y personas mencionadas, el desafío es inminente: enfrentar un proceso legal que puede derivar en multas millonarias o incluso otras sanciones, dependiendo de la gravedad de las infracciones. Para el resto de la sociedad, es una señal de que el control cambiario sigue siendo una prioridad y que las consecuencias de operar fuera de la normativa pueden ser severas.
"El BCRA no perdona: la Ley Penal Cambiaria sigue activa y con dientes."
Estos casos, aunque individuales, reflejan la tensión y la complejidad del sistema cambiario argentino, donde la brecha entre el mercado oficial y los paralelos a menudo tienta a operar en la informalidad, con los riesgos legales que eso conlleva. Para aquellos interesados en el cumplimiento, es crucial consultar la Ley 19.359 y las comunicaciones del BCRA.
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