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El Instituto de Previsión Social bonaerense destraba un beneficio de pensión para el cónyuge supérstite de una ex funcionaria, quien lamentablemente también falleció durante la tramitación. Ahora, los herederos podrán cobrar las sumas adeudadas en un caso que expone la lentitud de los trámites en momentos de profundo dolor familiar.
La Resolución N° 2.277 del Honorable Directorio del Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires ha encendido las alarmas sobre la eficiencia administrativa, al reconocer un derecho a pensión en un caso marcado por una doble tragedia. Se trata del expediente de Carlos Roberto BRUSA, DNI N° 5.160.280, quien solicitó el beneficio como cónyuge supérstite de Julieta Mabel ABALOS, fallecida el 22 de marzo de 2025.
El giro dramático se produce al constatar que BRUSA también falleció el 20 de junio de 2025, mientras su trámite de pensión aún estaba en curso. La resolución, publicada casi un año después de su deceso, finalmente reconoce que a BRUSA "le asistía el derecho al goce del beneficio de PENSIÓN".
La medida establece que la pensión, equivalente al 60% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Secretaria de Jefatura con 24 años de antigüedad (desempeñado por ABALOS en la Dirección General de Cultura y Educación), debía ser liquidada desde el 23 de marzo de 2025 hasta el 20 de junio de 2025, la fecha del fallecimiento de BRUSA. Las sumas resultantes ahora serán declaradas de legítimo abono a favor de sus herederos, quienes deberán acreditar legalmente su condición.
Para la sociedad, este caso es un crudo recordatorio de la burocracia estatal y los tiempos que maneja la administración pública, incluso en situaciones de extrema vulnerabilidad. ¿Cuántos ciudadanos ven frustrados sus derechos o los de sus seres queridos por la lentitud de los procesos?
El sistema previsional, diseñado para brindar seguridad social, a menudo se ve desbordado por la cantidad de expedientes y la complejidad de los trámites. Este incidente particular, si bien es una resolución individual, resalta una problemática estructural: la demora en la resolución de expedientes previsionales, que puede tener consecuencias devastadoras para las familias afectadas. La resolución también menciona la notificación por edicto de otra Resolución N° 1405 de fecha 21 de enero de 2026 en otro expediente, lo que subraya la rutina de estas comunicaciones administrativas.
"Contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte (20) días de notificados (artículo 74 del Decreto-Ley N° 9650/80 T. O. 1994)."
Información de valor para el lector: Si usted se encuentra en una situación similar, donde un familiar falleció durante la tramitación de un beneficio, sepa que el derecho puede ser reconocido y las sumas adeudadas pueden ser reclamadas por los herederos legales. Es crucial mantenerse informado y, si es necesario, buscar asesoramiento legal para agilizar y asegurar el cobro de estos derechos.
Para futuras actualizaciones sobre el IPS y sus resoluciones, se recomienda consultar periódicamente el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y los canales oficiales del organismo.