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Una jubilada bonaerense se enfrenta a un cargo millonario por beneficios 'mal cobrados' y el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires le descontará el 20% de su haber. ¿Precedente peligroso para miles de beneficiarios?
El Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires sacude el tablero previsional con una resolución que enciende las alarmas entre los jubilados. El Instituto de Previsión Social (IPS) ha declarado legítima una deuda millonaria a la señora Silvia Ester Jimenez, quien deberá devolver la impresionante suma de $1.335.034,83 por haberes percibidos 'indebidamente' durante seis años.
Según la Resolución N° 3.790, Silvia Jimenez recibió su jubilación por edad avanzada desde el 24/06/2020. Sin embargo, el IPS detectó un 'cambio de código' que generó pagos erróneos entre el 01/01/2018 y el 30/04/2024. Es decir, durante más de seis años, la jubilada habría cobrado dinero que, según el organismo, no le correspondía.
"Se acordó beneficio de jubilación por edad avanzada a Silvia Ester Jimenez... el área técnica procede a liquidar el correspondiente cargo deudor en concepto de haberes percibidos indebidamente (cambio de código) durante el periodo 01/01/2018 hasta el 30/04/2024; ello por la suma de $1.335.034,83."
La afectada intentó defenderse, presentando una "desconformidad" contra la imposición de la deuda. Pero la respuesta del IPS fue lapidaria: su reclamo fue considerado "improcedente" basándose en el artículo 87 del Decreto-Ley N° 7647/70, que establece que las medidas preparatorias o informes no son recurribles. En otras palabras, para el IPS, el cargo deudor era un acto administrativo previo, no un acto administrativo final susceptible de recurso.
La medida más impactante es la que dicta el Artículo 2° de la resolución: el IPS afectará el 20% del haber previsional de Silvia Ester Jimenez hasta la "cancelación total de lo debido". Esto significa que, mes a mes, una quinta parte de su jubilación será retenida para saldar la deuda millonaria.
Esta decisión se ampara en el artículo 61 del Decreto Ley nro 9650/80 y la Resolución 5139/22. La noticia genera gran preocupación, ya que sienta un precedente sobre la potestad del Estado para reclamar sumas de dinero años después de haber sido percibidas, afectando directamente la estabilidad económica de los jubilados. Es crucial que los beneficiarios del IPS estén atentos a sus liquidaciones y cualquier notificación del organismo. ¿Cuántos casos similares podrían surgir a partir de esta resolución?