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La Secretaría de Transporte derogó el esquema de compensaciones a empresas de transporte por pasajes gratuitos a personas con discapacidad, trasplantadas y niños con cáncer. El derecho a la gratuidad se mantiene.
La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, mediante la Resolución 28/2026, derogó las resoluciones que establecían un régimen de compensaciones económicas para las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional. Estas compensaciones se otorgaban por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad (Ley 22.431), personas trasplantadas o en lista de espera (Ley 26.928) y niños, niñas y adolescentes con cáncer (Ley 27.674).
Es fundamental aclarar que esta medida no afecta el derecho a la gratuidad de los pasajes, que sigue plenamente vigente para los beneficiarios de las leyes mencionadas. Lo que se elimina es la compensación económica que el Estado pagaba a las empresas por estos pasajes. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será la encargada de mantener los procedimientos necesarios para garantizar el efectivo cumplimiento de la obligación de las empresas de emitir los pasajes gratuitos.
Esta resolución es de muy alta relevancia, ya que reconfigura sustancialmente la relación económica entre el Estado y el sector del transporte de larga distancia. La decisión se enmarca en un nuevo paradigma regulatorio establecido por el Decreto 883/2024, que otorga a los transportistas la libertad de determinar tarifas, recorridos y horarios, promoviendo la competencia. En este nuevo escenario, el Gobierno considera que las empresas tienen la capacidad de internalizar el costo de los pasajes gratuitos dentro de su estructura de precios, sin necesidad de una compensación estatal.
Para las empresas de transporte automotor de pasajeros, esta medida representa un impacto negativo, ya que perderán un ingreso que recibían como compensación por un servicio que están legalmente obligadas a prestar. Esto podría llevar a una readecuación de sus estructuras de costos y, eventualmente, a un ajuste en los precios generales de los pasajes para el resto de los usuarios, aunque el Gobierno espera que la competencia mitigue este efecto. Para los ciudadanos beneficiarios de la gratuidad, el derecho se mantiene inalterable, pero la fiscalización de su cumplimiento por parte de la CNRT será clave para asegurar que no haya inconvenientes en la emisión de los pasajes.
La supresión de estas compensaciones es parte de una política de desregulación y reducción del gasto público, trasladando la responsabilidad financiera de ciertos derechos a los operadores privados, en un contexto de mayor libertad de mercado. Es un cambio estructural en la forma en que se financian estos derechos sociales en el ámbito del transporte.