Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
El Banco Central redobla la apuesta contra el fraude: entidades financieras y proveedores de servicios de pago deberán reportar y consultar obligatoriamente la Central de Prevención de Fraude, bajo amenaza de sanciones millonarias. ¡Se acabó la vista gorda!
En un movimiento que sacude los cimientos del sistema financiero, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha emitido la Comunicación "B" 13117, poniendo un ultimátum a las entidades financieras y a los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP). La norma, con fecha del 10 de febrero de 2026, recuerda la obligatoriedad irrenunciable de reportar toda la información relacionada con eventos de fraude de sus clientes a la Central de Prevención de Fraude (CPF). Pero no solo eso: también deberán consultar y utilizar esta información vital para prevenir futuros fraudes en todos sus procesos, desde transferencias inmediatas hasta la alta de nuevos clientes.
Esta comunicación es una aclaración contundente de la Comunicación A 8298, y subraya que la obligación de reportar a la CPF y de utilizar su información es ineludible. Esto significa que bancos, fintech y otros actores del ecosistema de pagos deben:
El BCRA no anduvo con rodeos. Aquellos que ignoren estas directrices serán pasibles de sanciones conforme a los artículos 41 y 42 de la Ley de Entidades Financieras. Esto no es un juego; la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFYC) estará vigilante y no dudará en aplicar penalidades. La medida busca fortalecer la seguridad del sistema de pagos y proteger a los usuarios de la creciente ola de estafas. Para el usuario común, esto debería traducirse en transacciones más seguras y una mayor confianza en el sistema financiero digital. Es un golpe a la impunidad de los defraudadores y un llamado a la responsabilidad de las instituciones.