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El ENARGAS otorga un plazo de 90 días corridos para que los Centros de Revisión Periódica de Cilindros de GNC se adecúen a la flamante Norma NAG-444 (2026), crucial para la seguridad y confiabilidad del combustible vehicular.
El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) ha puesto en marcha un cronograma de adaptación para los Centros de Revisión Periódica de Cilindros (CRPC) de Gas Natural Comprimido (GNC). A través de la Resolución 329/2026, se oficializa un plazo de NOVENTA (90) días corridos para que estos centros se ajusten a la recientemente aprobada Norma NAG-444 (2026), que rige la certificación de aptitud técnica.
Esta medida, que entra en vigencia al día siguiente de su publicación, es un paso fundamental para garantizar la seguridad y confiabilidad del sistema de GNC en vehículos, un combustible ampliamente utilizado en Argentina. La nueva NAG-444 (2026) eleva los estándares, contemplando exigencias más rigurosas en cuanto a:
Según los informes técnicos del ENARGAS, estos requisitos buscan minimizar riesgos, prevenir fallas y asegurar la protección tanto de los usuarios de GNC como de terceros. El plazo de 90 días se considera razonable para que los centros realicen las adecuaciones sin interrumpir sus actividades, manteniendo la continuidad del servicio.
Para el automovilista que utiliza GNC, esta resolución implica una mayor tranquilidad respecto a la seguridad de los cilindros de sus vehículos. Para los talleres y CRPC, representa una inversión y un esfuerzo de adaptación, pero también una oportunidad para mejorar la calidad de sus servicios y cumplir con los estándares internacionales. La autoridad reguladora, en este caso, prioriza la seguridad pública y la modernización tecnológica en un sector clave de la matriz energética del transporte.