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El Ministerio de Capital Humano oficializó los nuevos límites para las indemnizaciones por despido en actividades navales y ferroviarias, un movimiento que impacta directamente en miles de trabajadores y empresas. ¿Se ajustan a la inflación galopante?
El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Capital Humano, ha puesto la lupa sobre los topes indemnizatorios, esas cifras cruciales que definen cuánto debe pagar una empresa en caso de despido. En dos disposiciones publicadas hoy, se establecieron los nuevos límites para el sector naval y el ferroviario, generando expectativas y, por qué no, cierta preocupación entre los involucrados.
En el caso del sector naval y pesquero, la Disposición 61/2024 fijó el promedio de remuneraciones y el tope indemnizatorio para los trabajadores nucleados en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 262/95. Este acuerdo, celebrado entre el Sindicato Argentino de Obreros Navales y Servicios de la Industria Naval, la Cámara Argentina de Armadores de Buques Pesqueros de Altura y la Cámara de la Industria Pesquera Argentina, es vital para la estabilidad laboral en un rubro que siempre navega en aguas turbulentas.
Por otro lado, la Disposición 62/2024 hizo lo propio para el ámbito ferroviario, específicamente para el personal de la Unión Ferroviaria y la Obra Social Ferroviaria, bajo el CCT de Empresa N° 1527/16 “E”. Este movimiento impacta en un sector estratégico para el transporte de pasajeros y cargas, donde los salarios y condiciones laborales son siempre un punto de tensión.
Ambas medidas se enmarcan en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (Nº 20.744), que busca equilibrar las compensaciones por despido. La fijación de estos topes es un paso burocrático posterior a la homologación de acuerdos salariales, pero su relevancia es innegable: determinan el techo de las indemnizaciones, lo que afecta tanto a la seguridad económica de los trabajadores como a los costos laborales de las empresas. En un contexto de alta inflación, la actualización de estos montos es una carrera constante para no quedar desfasados. Los anexos con los valores exactos están disponibles en la edición web del Boletín Oficial, ¡a chequearlos para estar informado sobre futuras actualizaciones!