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El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires no da tregua: **pesadas sanciones** recaen sobre transportistas y empresas por graves infracciones, desde servicios sin habilitación hasta personal no registrado. *¿Quiénes son los apuntados y cuánto deberán pagar?*
El Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires ha revelado una serie de multas contundentes impuestas por la Dirección Provincial de Fiscalización del Transporte, encendiendo las alarmas en el sector del transporte de pasajeros. Las disposiciones, amparadas en el Decreto N° 6864/58 y sus modificaciones, buscan poner freno a las irregularidades que, según la autoridad, ponen en riesgo la seguridad y la legalidad del servicio.
Primero, tenemos el caso del Sr. Mandl Walter Eduardo (DNI 14.815.113), sancionado con una suma que asciende a $2.040.043. Las infracciones, configuradas en los artículos 214 y 315 del Decreto N° 6864/58, no especifican el tipo exacto de falta, pero la abultada cifra sugiere una gravedad considerable.
Luego, la lupa se posó sobre la empresa Blue Sky - Viajes S.R.L. (CUIT 30-71658990-7), a quien se le aplicó una multa de $571.320. ¿El motivo? Realizar un servicio intercomunal sin la debida autorización. El operativo de control, realizado el 29 de noviembre de 2024 en La Plata, detectó a un vehículo de la compañía transportando 58 pasajeros desde Ituzaingó hasta Mar del Plata sin la habilitación correspondiente. Una clara señal de que el ojo fiscalizador está atento a los tramos no declarados.
Finalmente, el Sr. Acevedo Cristian Javier (DNI 28.508.709) fue imputado por una falta grave: permitir la actuación de personal no inscripto en el Registro de Trabajadores del transporte. El 6 de agosto de 2025, en un control en la Autopista Buenos Aires - La Plata, se constató que el conductor, el Sr. Raush, Lucas Gabriel (DNI N° 39.707.474), carecía del Registro de Conductores Profesionales de Pasajeros (R.S.P.P.P.). Si bien el monto de la multa no se detalla en este extracto, la infracción subraya la importancia de la formalización laboral y la seguridad en el transporte público.
Los afectados tienen diez (10) días hábiles para recurrir estas decisiones ante la Subsecretaría de Transporte, o veinte (20) días hábiles para efectuar el pago. Se ofrece la posibilidad de adherirse al “Régimen de regularización de deudas” aprobado por Decreto N° 871/02, permitiendo el pago en cuotas. Los pagos deben realizarse mediante interdepósito bancario en el Banco Provincia, a la orden del “Fondo Provincial del Transporte”.
“Estas medidas refuerzan la postura del Ministerio de Transporte bonaerense de tolerancia cero con las irregularidades. La ciudadanía debe saber que se busca garantizar un servicio seguro y legal, y las empresas deben entender que el incumplimiento tiene un costo elevadísimo”, podría analizar un especialista en el sector.
Para los ciudadanos, esto significa una mayor fiscalización para asegurar la calidad y seguridad del transporte. Para las empresas, un recordatorio tajante de la necesidad de cumplir con todas las normativas vigentes, tanto en habilitaciones como en la contratación de personal. Seguir de cerca las actualizaciones del Ministerio de Transporte es crucial para evitar sorpresas desagradables.
20 de agosto de 2025
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