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El Poder Ejecutivo le bajó el pulgar a la Cámara de Talleres de RTO, ratificando la desregulación que extiende plazos de revisión y abre la competencia. ¡Menos controles para los '0 km' y más talleres en la cancha: una movida audaz que genera polémica en la seguridad vial y el bolsillo del automovilista!
En un Decreto 139/2026 que hará ruido, el Presidente de la Nación ha rechazado el reclamo administrativo impropio presentado por la CÁMARA ARGENTINA DE TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE INTERJURISDICCIONAL ASOCIACIÓN CIVIL (CATRAI) y una veintena de empresas adherentes. La disputa se centra en el Decreto N° 196/25, que modificó aspectos clave de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), buscando desregular, simplificar y eficientizar el sistema.
CATRAI y sus aliados habían impugnado los cambios que extienden los plazos de la RTO para vehículos cero kilómetro (0 km) de tres a cinco años para su primera revisión, y establecen una revisión bianual para vehículos de hasta diez años. Argumentaban que esto carecía de soporte técnico, aumentaría el riesgo vial y afectaría el mantenimiento preventivo. Además, denunciaban la eliminación de la exclusividad para los talleres de RTO y la prohibición de fijar tarifas mínimas o máximas, temiendo una pérdida de imparcialidad al permitir que concesionarias o talleres de reparación también realicen las revisiones.
El Gobierno, basándose en informes de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, defendió su postura. Sostuvo que la extensión de los plazos se debe a la evolución tecnológica del parque automotor, con vehículos modernos que ofrecen mayores garantías de seguridad. Citando estudios internacionales, afirmó que la mayoría de los siniestros viales se deben a factores humanos y no a fallas mecánicas, por lo que concentrar el control en vehículos más antiguos es más eficiente.
Respecto a la "no exclusividad", el Ejecutivo argumentó que la medida busca incrementar la oferta y la competencia, eliminando barreras de entrada que distorsionaban los precios. Aseguran que la imparcialidad se garantiza con la fiscalización de protocolos y estándares de seguridad, no con restricciones al objeto social de los prestadores. Incluso, se mencionó que estándares internacionales como la Directiva 2014/45/UE de la Unión Europea no exigen exclusividad.
Finalmente, la eliminación del Informe de Configuración de Modelo (ICM) se justificó como una simplificación administrativa sin afectar la seguridad, delegando la responsabilidad en el director técnico profesional que certifica las modificaciones.
Con esta decisión, la vía administrativa para los talleres ha quedado agotada, dejando expedita la vía judicial. La batalla por la RTO y la seguridad vial promete nuevos capítulos en los tribunales. Para los ciudadanos, significa potencialmente menos frecuencia y costos en la RTO, pero la Cámara advierte sobre posibles riesgos. ¡El debate está abierto!