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¡ARBA desata el Calendario Fiscal 2026! Impuesto Automotor en 10 cuotas

La Agencia de Recaudación Bonaerense aprueba el calendario de vencimientos 2026, con una novedad: el Impuesto Automotor podrá pagarse en hasta 10 cuotas mensuales.

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¡ARBA desata el Calendario Fiscal 2026! Impuesto Automotor en 10 cuotas
Calendario fiscal con fechas destacadas y un automóvil dividiéndose en 10 partes, representando las cuotas.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)

Fechas Clave

2026
Ejercicio fiscal
23/01/2026
Fecha de la resolución
03/2026
Inicio de vencimiento de cuotas del Impuesto Automotor
12/2026
Fin de vencimiento de cuotas del Impuesto Automotor
Ingresos Brutos
Impuesto a los Automotores
Calendario fiscal
Impuesto Inmobiliario
Cuotas de pago

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), mediante la Resolución Normativa N° 6/2026, ha oficializado el calendario de vencimientos para el ejercicio fiscal 2026, una herramienta clave para contribuyentes y agentes de recaudación. La gran noticia, que aliviará el bolsillo de muchos, es la posibilidad de pagar el Impuesto a los Automotores (exclusivamente vehículos automotores) en diez (10) cuotas mensuales, con vencimiento entre marzo y diciembre de 2026.

Esta medida busca "distribuir el impuesto anual... de manera más homogénea a lo largo del ejercicio fiscal, facilitando el cumplimiento de las obligaciones". Un guiño del fisco bonaerense a la economía familiar en un contexto de alta inflación.

El calendario abarca el Impuesto Inmobiliario (componentes básico y complementario), a los Automotores (vehículos y embarcaciones), y sobre los Ingresos Brutos, incluyendo la presentación de la declaración jurada anual del período fiscal 2025. Sin embargo, los contribuyentes del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos y los sujetos a Convenio Multilateral deberán atenerse a sus propias normativas.

Además, la resolución detalla las condiciones para el Impuesto Inmobiliario:

  • Si el componente básico del Inmobiliario Urbano Edificado es inferior o igual a $16.063, se liquida en una única cuota.
  • Si el componente básico del Inmobiliario Urbano Baldío es inferior o igual a $26.893, se liquida en una única cuota.
  • Si el componente complementario del Inmobiliario es inferior o igual a $48.230, se liquida en una única cuota.

En todos los casos donde se superen esos montos, se aplicarán las cuotas correspondientes del Anexo I o cuatro (4) cuotas iguales para el complementario.

La resolución también delega en el Subdirector Ejecutivo de Recaudación y Catastro la facultad de modificar las fechas de vencimiento por razones operativas, lo que otorga flexibilidad a la administración fiscal. Para el ciudadano común, la principal novedad es la flexibilización del pago del impuesto automotor, un respiro en la planificación de sus gastos anuales.

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