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Las Aduanas de Colón, Ezeiza, Orán y Rosario desatan un vendaval de edictos: archivan causas, ordenan el comiso y la destrucción de mercadería y exigen el pago de multas millonarias por infracciones. ¡Atención si tenés algo "colgado" en la Aduana!
¡ALERTA ROJA EN LAS FRONTERAS Y PUERTOS ARGENTINOS! Una batería de avisos oficiales sacude hoy el Boletín, dejando en claro que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) no da tregua. Desde Colón hasta Orán, pasando por Ezeiza y Rosario, las distintas aduanas están bajando el martillo sobre miles de infracciones, con consecuencias directas para los importadores y particulares involucrados.
Los edictos publicados son un llamado de atención masivo. En Colón, se han archivado actuaciones por presuntas infracciones al Código Aduanero (Ley N° 22.415, artículos 985, 986, 987), pero con una advertencia clara: los infractores tienen 30 DÍAS HÁBILES para retirar la mercadería, previo pago de tributos y cumplimiento de requisitos. Si no lo hacen, la mercadería será considerada abandonada a favor del Estado Nacional, pudiendo ser comercializada o, peor aún, ¡destruida! Varios nombres y DNI aparecen en la lista, incluyendo a Marta Rosa Cardozo (DNI 13.875.502) y Jorge José Ortiz (DNI 25.366.588), entre otros.
La Aduana de Ezeiza no se queda atrás, citando a quienes acrediten derecho sobre mercaderías en situación de abandono (Art. 417 inc. c de la Ley N° 22.415). Tienen 30 DÍAS CORRIDOS para solicitar una destinación aduanera, o se aplicará la Ley N° 25.603, que permite su disposición por parte del Estado.
Pero la situación más candente se vive en Orán. Allí, la Aduana cita a una larga lista de personas, por desconocerse su domicilio, para la verificación física de mercaderías secuestradas y para que presenten sus defensas en sumarios por infracciones. ¡Las multas van desde los $431.659,64 hasta los ¡$16.355.241,78! para casos como el de Laura Valeria Moya (DNI 32.377.825). Los artículos infringidos son mayormente el 987 del Código Aduanero, que refiere a la falta de declaración de mercadería. Si pagan la multa mínima y abandonan la mercadería, ¡se extingue la acción penal aduanera!
Finalmente, en Rosario, se ha ordenado el archivo provisorio de actuaciones por no superar el monto de la multa mínima el tope establecido por la Instrucción General 2/2023 DGA, y la mercadería secuestrada fue destinada a destrucción o donación. Los montos de las multas en Rosario son menores, pero el destino de la mercadería es el mismo.
Estos avisos son un recordatorio brutal de la rigurosidad de los controles aduaneros. Si sos importador, viajero o simplemente tenés algún trámite pendiente con la Aduana, revisá tus papeles y plazos. Las consecuencias de la inacción pueden ser la pérdida total de tu mercadería y multas exorbitantes. La Ley N° 25.603 es clara: el Estado puede disponer de lo abandonado.
¡No te quedes dormido, que la Aduana no perdona!
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