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El Ministerio de Capital Humano, con la firma de Mara Agata Mentoro, oficializa adhesiones a acuerdos laborales de suspensiones bajo el Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, originalmente pactados durante la emergencia sanitaria del COVID-19. Sectores clave como calzado, gastronomía y comercio ven finalmente el sello estatal a medidas que buscaron preservar empleos en plena crisis.
En un movimiento que resuena con los ecos de la pandemia, el Boletín Oficial acaba de publicar una serie de disposiciones del Ministerio de Capital Humano que homologan adhesiones a acuerdos de suspensiones que se gestaron en lo más álgido de la emergencia sanitaria por COVID-19. Aunque las disposiciones llevan fecha de fines de 2024, y su publicación es de febrero de 2025, el foco está puesto en la formalización de acuerdos que permitieron a empresas y trabajadores navegar la tormenta de la cuarentena.
Estas medidas, amparadas en el Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), autorizaban suspensiones con el pago de una prestación no remunerativa. Es decir, los empleados afectados recibían un ingreso, pero este no generaba aportes ni contribuciones sociales, un alivio para las empresas pero una merma en los derechos previsionales de los trabajadores. La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha dado el visto bueno a estas adhesiones, confirmando que se ajustaron a los acuerdos marco originales y sus prórrogas.
Los sectores que hoy ven homologadas estas adhesiones son diversos y cruciales para la economía argentina:
"Frente a la gravedad de la emergencia sanitaria... se requiere del esfuerzo conjunto de todas las partes involucradas... privilegiando el interés común y priorizando la salud... sumado a ello la preservación de las fuentes de trabajo y la continuidad de la empresa."
El contexto es clave: estas homologaciones se basan en los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) de 2020 (como el DNU 297/2020 que estableció el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y el DNU 329/2020 que prohibió despidos sin justa causa), que permitieron estos acuerdos excepcionales. La Dirección ha sido enfática en que siempre se aplicarán las condiciones más favorables para los trabajadores.
Para el ciudadano común, esto significa que, aunque la pandemia parezca un recuerdo lejano, sus efectos legales y administrativos siguen procesándose. Estos acuerdos, si bien buscaban un equilibrio para evitar despidos masivos, representaron un sacrificio para los trabajadores en términos de ingresos y derechos. Es fundamental estar atento a cómo estas homologaciones cierran un capítulo de crisis y qué implicaciones dejan para futuras negociaciones laborales, especialmente en un contexto económico de incertidumbre.