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La AFIP-Aduana sale a cazar infractores, aplicando sanciones que superan el millón de pesos a empresas y particulares. Ojo con el Código Aduanero, la mano dura está en marcha y la billetera lo siente con fuerza.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (AFIP-Aduana) ha desatado una ola de notificaciones que sacude los bolsillos de empresas y ciudadanos. A través de una serie de edictos publicados en el Boletín Oficial, se oficializan condenas y se formulan cargos por infracciones al Código Aduanero, con multas que alcanzan cifras millonarias.
El caso más resonante es el de TRANSPORTE PERALTA RG (CUIT 20-18848231-8) y el Sr. ZARZAVILLA ANTONIO JAVIER (DNI 22.370.964), ambos condenados a pagar una impactante multa de $1.983.970,00 cada uno, en el marco del Artículo 962 del Código Aduanero. Esto demuestra que la Aduana no se anda con chiquitas cuando se trata de infracciones graves, y que la responsabilidad puede recaer tanto en la persona jurídica como en la física.
Pero la lista de afectados no termina ahí. También se notificó al ciudadano extranjero ELLIS WILLIAM EARLE (Pasaporte EEUU 566.124.854) y a su garante, SCHROETHER DOMINGO GERMAN (DNI 14.696.647), con una multa de $12.092,87 y cargos por tributos de U$S 327,73 por infracción al Artículo 970 del Código Aduanero. En este caso, la responsabilidad del garante es clave y limitada a los montos asegurados.
Finalmente, DARDO JULIAN TORLASCHI (Pasaporte EEUU 048684363, DNI 17.707.902) enfrenta una multa sustitutiva del comiso de $159.800, impuesta por la imposibilidad de secuestrar la mercadería en infracción (Artículo 979 del C.A.). Esto subraya que, aunque la mercadería no pueda ser incautada, la sanción económica es inevitable.
Estas resoluciones marcan un precedente claro: la AFIP-Aduana está activa y decidida a hacer cumplir la normativa. Para las empresas de transporte y cualquier particular involucrado en operaciones de comercio exterior, la revisión exhaustiva de los procedimientos aduaneros es crucial. Las multas no son solo un costo operativo, sino una señal de alerta sobre la rigurosidad de los controles.
“Contra el presente pronunciamiento podrá interponer demanda contenciosa ante Juez Competente en el plazo de quince (15) días hábiles... se podrá apelar al Tribunal Fiscal de la Nación cuando la condena implicare un importe que excediere de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000)” – Un resquicio legal para intentar revertir estas duras decisiones.
Es fundamental estar al tanto de los plazos y opciones de apelación. El incumplimiento del Código Aduanero puede tener consecuencias financieras devastadoras. Manténgase informado y asesórese legalmente para evitar ser la próxima víctima de la implacable Aduana.