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Las Aduanas de Formosa y Tinogasta citan a decenas de personas por infracciones graves al Código Aduanero, con multas que superan los $39 millones. ¡Tienen 10 días o los declaran en rebeldía!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero no da tregua. Las Aduanas de Formosa y Tinogasta publicaron avisos oficiales que citan a una larga lista de personas por graves infracciones al Código Aduanero (Ley 22.415). Los involucrados tienen un plazo perentorio de DIEZ (10) días hábiles para presentar sus defensas y ofrecer pruebas, bajo apercibimiento de ser declarados en rebeldía. ¡Un golpe duro para quienes intentan esquivar los controles!
Estos avisos oficiales son citaciones formales para procesos de Sumarios Contenciosos. Las personas mencionadas están siendo investigadas por infracciones a diversos artículos del Código Aduanero, como el 863, 866, 871, 872, 874, 985, 987, 947 y 970, que suelen estar relacionados con contrabando, declaraciones falsas o incumplimientos en la importación/exportación de mercaderías. La notificación es clave para que los implicados ejerzan su derecho a defensa.
Para los ciudadanos y empresas citadas, la situación es crítica. No solo enfrentan multas que van desde cifras modestas hasta sumas astronómicas (como los $1.186.931.124,79 para Miguel Ángel Contis o los $39.191.827,00 para Andrés Galain Escalante), sino que también corren el riesgo de perder las mercaderías secuestradas, que la Aduana puede disponer para descongestionar sus depósitos. La no comparecencia implica ser declarado en rebeldía, lo que puede complicar aún más su situación legal y financiera. Este tipo de acciones de la Aduana refuerza el control estatal sobre el comercio exterior y busca desalentar las actividades ilícitas, generando un impacto positivo en la transparencia y legalidad del mercado, pero un costo muy alto para los infractores.
La Aduana tiene la facultad de iniciar sumarios y aplicar sanciones ante cualquier irregularidad en el movimiento de mercaderías. Estas citaciones son parte de la tarea diaria de fiscalización en las zonas de frontera, como Formosa, y en puntos estratégicos como Tinogasta. La mención de artículos como el 930/932 del Código Aduanero ofrece la posibilidad de un pago voluntario de la multa y el abandono de la mercadería para extinguir la acción penal, una opción que muchos infractores eligen para evitar procesos más largos y costosos. La advertencia sobre la disposición de mercaderías (Arts. 439 o 448 C.A.) es un recordatorio de la necesidad de desocupar los depósitos aduaneros, a menudo colapsados por secuestros.