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La Provincia de Buenos Aires ratifica el decomiso de animales y detalla el procedimiento para el pago de multas por infracciones rurales.
La provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección Provincial a cargo de Marina Lourdes De La Paz De Sousa, ratificó el decomiso de animales realizado por la autoridad interviniente. Esta medida se enmarca en los artículos 289 del Código Rural (Ley N° 10.081/83) y 3° inciso b) del Decreto-ley N° 8785/77, subrayando el rigor en la aplicación de la normativa para el control de la actividad rural.
Esta disposición afecta directamente a los productores y a cualquier actor del sector agropecuario bonaerense, quienes deben extremar el cumplimiento de las regulaciones provinciales. El incumplimiento puede acarrear no solo multas significativas, sino también la pérdida de animales mediante el decomiso.
El artículo 5° establece un plazo de cinco (5) días hábiles para el pago de las multas, contados a partir de la fecha en que el pronunciamiento condenatorio adquiera firmeza. El pago debe realizarse de manera electrónica en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. Para obtener la boleta, los interesados deben ingresar a la página web del Ministerio de Desarrollo Agrario (), seleccionar la opción "Gestión en línea", luego "Pago y tasas", y finalmente "Descargar una Boleta Generada", donde se podrá consignar el DNI, CUIT o número de boleta.
El artículo 6° advierte sobre las serias consecuencias del incumplimiento: la generación automática de intereses sin necesidad de interpelación previa y la habilitación para su ejecución por la vía de apremio y/o la inhibición general de bienes por parte de la Fiscalía de Estado. Esto demuestra la firmeza de las autoridades en la aplicación y cobro de las sanciones, buscando desalentar las infracciones y garantizar el ordenamiento en el ámbito rural.