Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Dirección Provincial de Niñez y Adolescencia de Rosario notificó a los padres una disposición administrativa que declara una medida de protección excepcional para Yazmin, Luna y Aytana.
La Dirección Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, dependiente del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano de Santa Fe, publicó edictos notificando la Disposición Administrativa N° 87/26, con fecha 13 de mayo de 2026. Esta disposición establece una medida de protección excepcional de derechos en relación a las niñas Yazmin Gimena Presentado (DNI N.º 52.691.845), Luna Neymará Lima (DNI N.º 57.991.445) y Aytana Gimenez Lima (DNI N.º 59.653.305).
Los avisos, que tramitan bajo los Legajos Administrativos N.º 17.949, N.º 17.947 y N.º 17.948, tienen como objetivo notificar a los progenitores. En el primer edicto (Art. 49140), se notifica al Sr. Oscar Leonardo Presentado (DNI N.º 38.371.796), con domicilio desconocido. En el segundo (Art. 49141), se notifica al Sr. Jonathan Alexis Gimenez (DNI N.º 37.396.565), también con domicilio desconocido.
La medida excepcional se dicta para las niñas Yazmin Gimena Presentado, hija de Joana Belén Lima (DNI N.º 39.569.189) y Oscar Leonardo Presentado; Luna Neymará Lima, hija de Joana Belén Lima y sin filiación paterna acreditada; y Aytana Gimenez Lima, hija de Joana Belén Lima y Jonathan Alexis Gimenez. La Dirección Provincial dispone la notificación de la medida y solicita el control de legalidad al Juzgado de Familia interviniente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art. 62 de la Ley nº 12.967.
Es fundamental que los progenitores y/o representantes legales de las niñas conozcan sus derechos. Se les informa que tienen derecho a ser asistidos por un abogado/a de la lista de defensores oficiales del poder judicial de Santa Fe o un profesional de su confianza. Además, se transcriben los artículos pertinentes de la Ley N.º 12.967 y su Decreto Reglamentario N.º 619/10, que detallan el procedimiento para la adopción de medidas de protección excepcional, los requisitos de notificación y los recursos de revocatoria disponibles para impugnar estas decisiones, con plazos específicos para su interposición y resolución.