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La Subsecretaría de Transporte bonaerense no perdona: Turismo Tango S.R.L. y Autotransporte Córdoba S.R.L. fueron sancionadas con cuantiosas multas por operar rutas sin la debida autorización. ¡Enterate de todos los detalles de este golpe a la informalidad!
¡Atención, viajeros y empresarios del transporte! El Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires acaba de revelar un duro golpe contra la informalidad en el sector del transporte de pasajeros. Dos empresas, Turismo Tango S.R.L. y Autotransporte Córdoba S.R.L., quedaron en la mira de la Subsecretaría de Transporte bonaerense por realizar servicios de línea sin la habilitación correspondiente, lo que les valió multas que duelen en el bolsillo.
El primer caso que sacude la provincia es el de Turismo Tango S.R.L. (CUIT 30-71568314-4). La empresa fue pillada in fraganti el 22 de febrero de 2025 en la Ruta Provincial N° 2 KM 400, cerca de General Pueyrredón. Su vehículo, dominio AG882PD, interno 07, transportaba nada menos que 56 pasajeros en un servicio intercomunal no autorizado, ¡desde Zárate hasta Mar del Plata! Una ruta clave y muy transitada que intentaban explotar por la puerta de atrás.
La sanción no se hizo esperar: una multa de $571.320. La Subsecretaría de Transporte, amparada en el Decreto N° 6864/58, reglamentario del Decreto-Ley N° 16378/57, no dudó en aplicar la máxima. La empresa, con domicilio en Billinghurst N° 1963, CABA, ahora tiene diez días hábiles para recurrir la medida o veinte días para pagar la multa. Además, se le ofrece la posibilidad de adherirse al “Régimen de Regularización de Deudas” aprobado por Decreto N° 871/02, para financiar el pago en cuotas. ¡Un salvavidas, pero con intereses!
El segundo plato fuerte lo protagoniza Autotransporte Córdoba S.R.L. (CUIT N° 30-71797573-8). Esta empresa, con habilitación CNRT N° 95308, fue detectada el 22 de noviembre de 2024 en el Peaje de Hudson, Berazategui. Su interno 24, dominio JPB909, realizaba un servicio desde San Justo hasta Pinamar con 62 pasajeros, ¡otra vez sin los permisos necesarios!
Aunque el monto exacto de la multa para Autotransporte Córdoba S.R.L. no se detalla completamente en el fragmento del Boletín Oficial, el contexto y la referencia al artículo 212 del Decreto N° 6864/58 sugieren una sanción de similar calibre y procedimiento. Ambas empresas no presentaron descargo en tiempo y forma, lo que selló su destino y ratificó la infracción. La autoridad es clara: operar al margen de la ley tiene un costo elevado.
"El Estado provincial refuerza su rol de fiscalización para garantizar la seguridad y legalidad en el transporte público de pasajeros, protegiendo a los usuarios y a las empresas que cumplen con la normativa."
Estas notificaciones son un claro mensaje para todo el sector: la Subsecretaría de Transporte bonaerense está activa y controlando. Aquellos que intenten saltear las reglas se enfrentarán a sanciones económicas y administrativas significativas. Para los ciudadanos, esto significa una mayor garantía de que los servicios de transporte que utilizan cumplen con los requisitos legales y de seguridad. ¡A estar atentos a las próximas movidas de la fiscalización!
7 de octubre de 2025
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