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La Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez (Interior) rectificó una disposición administrativa para corregir el apellido de un progenitor en una medida de protección excepcional que afecta a dos niños en Rafaela.
La Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Interior ha emitido un Edicto Notificatorio para informar sobre la rectificación parcial de la Disposición N.º 044, de fecha 12 de diciembre de 2025. Esta disposición original había implementado una Medida de Protección Excepcional de Derechos con privación de responsabilidad parental para los niños Evelyn Diana Torres (nacida el 11/05/2017) y Román Ulises Torres (nacido el 21/10/2018).
Detalle de la Rectificación:
La corrección se refiere específicamente a un error en el VISTO de la disposición original, donde se consignó erróneamente el apellido del progenitor como “Barrientos” en lugar de “Ricardo Ismael Torres”. La rectificación aclara que el apellido correcto del progenitor es Torres, manteniéndose subsistente todo lo demás establecido en la Disposición N° 044/2025.
Los progenitores titulares de la responsabilidad parental son el Sr. Ricardo Ismael Torres y la Sra. Micaela Joana Barrientos.
Marco Legal y Notificación:
Esta medida se enmarca en la Ley Provincial N° 12.967 y su modificación Ley N.º 13.237, así como en el Decreto Provincial N.º 10.204. El edicto notifica a las partes interesadas sobre esta corrección y reitera los procedimientos para la resolución, notificación y recursos disponibles, conforme a los artículos 60, 61 y 62 de la Ley N° 12.967.
Los afectados tienen un plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación para interponer un recurso de revocatoria. Se les informa también que tienen derecho a ser asistidos por un abogado y que las actuaciones administrativas están a su disposición en la sede de la Autoridad Administrativa.
Implicaciones:
Esta rectificación es un acto administrativo rutinario que busca subsanar un error formal en un documento oficial. Aunque de carácter técnico, es importante para la correcta identificación de las partes involucradas en un proceso tan sensible como una medida de protección de niñez, asegurando la validez legal de las actuaciones.