Reglamentan la Ley de Modernización Laboral: Impacto en Empleo y Fondos
El Gobierno Nacional detalló aspectos cruciales de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, regulando el Fondo de Asistencia Laboral, el Régimen de Promoción del Empleo Registrado y ajustes en convenios colectivos.
Índices de Impacto
Organizaciones
- MINISTERIO DE ECONOMÍA
- MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
- SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA)
- COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV)
- ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)
- INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (IERIC)
Fechas Clave
El Poder Ejecutivo Nacional publicó una serie de decretos que reglamentan puntos clave de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, una normativa que busca adecuar el régimen laboral a las realidades actuales y promover la formalización del empleo en Argentina. Estas medidas abordan desde la protección de indemnizaciones hasta la registración de trabajadores y la negociación colectiva.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL): Un Nuevo Esquema para Indemnizaciones
El Decreto N° 408/2026 aprueba la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo diseñado para coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones indemnizatorias de los empleadores del sector privado. La implementación del FAL se realizará a través de vehículos de inversión colectiva, como fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros, autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esto busca garantizar la segregación patrimonial de los recursos y su afectación específica a las indemnizaciones, sin modificar el régimen indemnizatorio vigente.
El decreto establece que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de la declaración y pago de las contribuciones mensuales al FAL, integrándolas en la Contribución Unificada de la Seguridad Social (CUSS). Además, se prevé la reducción de las contribuciones patronales al Sistema de Seguridad Social equivalente a la contribución al FAL, lo que podría aliviar la carga financiera para los empleadores. La entrada en vigencia del régimen del FAL se prorrogó hasta el 1° de noviembre de 2026.
Promoción del Empleo Registrado y Condonación de Deudas
El Decreto N° 409/2026 reglamenta el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), establecido en el Título XXII de la Ley de Modernización Laboral. Este régimen permite a los empleadores regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas, iniciadas hasta la fecha de promulgación de la ley.
El beneficio principal es la condonación de deudas por capital e intereses de aportes y contribuciones a los subsistemas de la Seguridad Social. Los porcentajes de condonación varían según el tamaño de la empresa:
- Micro y Pequeñas Empresas y Entidades sin fines de lucro: 90% de condonación.
- Medianas Empresas (tramo 1 y 2): 80% de condonación.
- Demásempleadores: 70% de condonación.
Además, la condonación será del 100% para deudas con el Régimen del Sistema Nacional del Seguro de Salud, Riesgos del Trabajo y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio. El período regularizado se considerará como tiempo de servicio para prestaciones jubilatorias y de desempleo, lo que brinda un alivio significativo tanto para empleadores como para trabajadores informales.
Ajustes en la Ley de Contrato de Trabajo y Negociación Colectiva
El Decreto N° 407/2026 aprueba la reglamentación de varios artículos de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) N° 20.744, la Ley N° 14.250 de Negociación Colectiva, la Ley N° 23.551 de Asociaciones Sindicales y el régimen de Empresas de Servicios Eventuales, entre otras normativas.
Algunos de los puntos más relevantes incluyen:
- Documentación Laboral: Se promueve el uso de esquemas digitales para la registración laboral y los recibos de haberes, buscando reducir cargas administrativas y mejorar la transparencia.
- Control de Enfermedades: Se adecúa el régimen de control de enfermedades del trabajador a herramientas digitales, exigiendo que las prescripciones de reposo sean emitidas electrónicamente.
- Negociación Colectiva: Se establecen criterios para considerar vencidos los convenios colectivos de trabajo y se instruye a la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a iniciar el procedimiento de convocatoria a renegociación. Se busca promover la representatividad de las asociaciones de empleadores y limitar las cargas económicas en favor de las partes signatarias de los convenios.
- Asociaciones Sindicales: Se fortalecen las pautas de transparencia, representatividad y funcionamiento democrático, exigiendo proporcionalidad entre los cuerpos directivos y el número de afiliados cotizantes, y actualizando el ejercicio del crédito horario sindical.
- Empresas de Servicios Eventuales: Se moderniza su reglamentación, derogando el Decreto N° 1694/06 y buscando transparentar su funcionamiento y adecuar los supuestos de prestación de servicios.
- Industria de la Construcción: Se centraliza la registración laboral de los trabajadores de la construcción en la ARCA, buscando mayor eficiencia y trazabilidad de la información, y evitando duplicaciones con el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC).
Implicaciones: Estas medidas buscan flexibilizar y modernizar el mercado laboral, reducir la informalidad y disminuir las cargas administrativas para las empresas. La reglamentación de los Fondos de Asistencia Laboral y la condonación de deudas son iniciativas que podrían incentivar la regularización de trabajadores y ofrecer mayor seguridad jurídica en las desvinculaciones. Sin embargo, los cambios en la negociación colectiva y el régimen sindical podrían generar debates sobre el equilibrio de fuerzas entre empleadores y trabajadores.
