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La Superintendencia de Seguros de la Nación desregula los 'Grandes Riesgos', elevando el umbral y permitiendo su comercialización sin autorización previa. ¿Más agilidad o menos control?
La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (SSN) ha desatado una verdadera revolución en el sector asegurador con la Resolución Sintetizada 471/2025. La medida modifica el Reglamento General de la Actividad Aseguradora, impactando directamente en la comercialización de pólizas de 'Grandes Riesgos'. A partir de ahora, se consideran Grandes Riesgos a aquellos con sumas aseguradas superiores a TRES MILLONES QUINIENTOS MIL (3.500.000) Unidades de Valor Adquisitivo (UVA). Lo más trascendente es que estas pólizas podrán ser comercializadas ¡sin autorización previa! Esto representa un giro hacia la desregulación, buscando agilizar los procesos para las aseguradoras, siempre y cuando no correspondan a seguros de personas y cumplan otras condiciones. Además, la Resolución también simplifica el uso de las 'Condiciones de Carácter General y Uniforme de Uso Obligatorio', permitiendo a las entidades comercializarlas sin necesidad de informar su utilización. Esta flexibilización, que entra en vigencia con su publicación, busca dinamizar el mercado, pero también plantea el desafío de mantener la protección al asegurado. Las empresas del sector celebran, pero los consumidores deberán estar más atentos que nunca a las condiciones de sus pólizas.