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El Ministerio de Capital Humano homologó un pacto salarial para los trabajadores de telecomunicaciones, generando expectativas y polémicas sobre el carácter de las sumas acordadas.
La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo del Ministerio de Capital Humano acaba de registrar un acuerdo salarial vital entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FOEESITRA) y la gigante TELEFONICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA. Este pacto, enmarcado en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 201/92, define nuevas condiciones salariales para miles de empleados del sector de las telecomunicaciones.
La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, no solo blanquea las cifras sino que también genera interrogantes sobre la aplicación de lo previsto en el Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo, que define qué se considera remuneración. Aunque el acuerdo fue registrado, el Ministerio advirtió que su aplicación no prejuzga sobre el carácter salarial de las sumas pactadas, un punto que podría tener implicaciones fiscales y previsionales. Además, se evaluará la fijación del tope indemnizatorio establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744, un factor crucial en caso de despidos. Para los trabajadores de Telefónica, este acuerdo representa un respiro económico, pero la letra chica del "no perjuicio" ministerial mantiene la incertidumbre sobre ciertos beneficios. Las empresas, por su parte, deberán ajustar sus estructuras de costos.
Si sos empleado de Telefónica bajo este convenio, tus ingresos se actualizarán, pero estate atento a cómo se interpretan las sumas no remunerativas. Para el sector, es una señal de cómo se están manejando las paritarias en un contexto económico complejo.
Cita relevante:
"...sin perjuicio de la aplicación de lo previsto en el Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo."