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La Dirección Aduana de Buenos Aires emite un edicto crucial: dueños de mercaderías abandonadas tienen un plazo perentorio de 30 días para reclamarlas, pagar multas y evitar que pasen a manos del Fisco Nacional.
La Dirección General de Aduanas (DGA), a través de su dependencia en la Ciudad de Buenos Aires, ha lanzado un aviso que resonará en los despachos de importadores y exportadores. Se trata de un ultimátum para aquellos que tienen mercaderías en situación de abandono, según el Artículo 417 de la Ley 22.415.
El edicto, firmado por Carlos Ignacio Noceti, Director, comunica que los interesados tienen un plazo de TREINTA (30) días corridos para acreditar su derecho a disponer de las mercaderías detalladas en el Anexo IF-2026-00783658-ARCA-DIABSA#SDGOAM. Este plazo es crítico: si no se presentan y abonan las multas correspondientes, el Servicio Aduanero procederá a aplicar los artículos 2°, 3°, 4° y 5° de la Ley 25.603. ¿Qué significa esto? Básicamente, que las mercaderías pasarán a ser propiedad del Fisco Nacional.
La notificación es clara: los titulares deben presentarse en la Sección Gestión de Rezagos (SEGSRE), ubicada en Av. Hipólito Yrigoyen 440, 5° piso, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta medida busca desocupar depósitos y dar un destino final a los bienes que, por diversas razones, quedan en un limbo legal y comercial.
"Este tipo de edictos son habituales, pero siempre son una señal de alerta para el sector. Implican costos adicionales y la posible pérdida de bienes para quienes no regularizan su situación a tiempo", comentó un operador de comercio exterior.
Para los ciudadanos y empresas, la implicación es directa: la negligencia o el desconocimiento en el manejo de operaciones aduaneras puede resultar en la pérdida total de la mercadería y en multas. Es una llamada de atención para mantener al día la documentación y los trámites de importación y exportación, y para estar atentos a las publicaciones oficiales que, como esta, pueden definir el destino de bienes valiosos. Para mantenerse informado sobre futuras actualizaciones, es recomendable suscribirse a los avisos del Boletín Oficial y consultar con cámaras empresariales o asesores de comercio exterior.