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DNI: 5478396 · 8 artículos
El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, en el ojo de la tormenta, desata una serie de resoluciones que van desde la denegación de beneficios hasta la exigencia de millonarias deudas por aportes y haberes percibidos indebidamente a ex empleados públicos. Un panorama complejo que impacta directamente en el bolsillo de los bonaerenses.
El Instituto de Previsión Social bonaerense, bajo la lupa: denegaciones de jubilaciones, cobros indebidos y deudas millonarias que complican a ex-agentes y trabajadores de la salud. La burocracia y la normativa, un laberinto sin salida.
El IPS reconoce el derecho a pensión de un cónyuge supérstite *fallecido en plena tramitación*, abriendo la puerta para que sus herederos cobren los haberes adeudados. Un respiro para las familias que atraviesan momentos difíciles.
El Instituto de Previsión Social bonaerense desata una serie de resoluciones que impactan directamente en jubilados y futuros beneficiarios. Desde la exigencia de devolver casi 3 millones de pesos por haberes indebidos, hasta el reconocimiento de servicios ad honorem y becarios para acceder a la jubilación, y el drama de pensiones póstumas. Un verdadero torbellino de decisiones que definen el futuro de miles.
En un giro burocrático, el IPS reconoce el derecho a pensión a cónyuges que fallecieron *durante la tramitación* de su propio beneficio. Las sumas resultantes, ahora, irán a parar a manos de sus herederos legítimos. ¿Un acto de justicia o una ironía del destino?
El IPS reconoce derechos a pensiones y servicios insalubres, un alivio para muchos, pero la alegría es a medias: algunos beneficiarios se enfrentan a cargos deudores millonarios por aportes no realizados. ¡Una de cal y una de arena!
El IPS reconoce servicios insalubres y derechos a pensión, pero con un ojo en las cuentas: se liquidan cargos deudores millonarios por aportes no realizados o se abonan beneficios a herederos. ¡Atención a los detalles!
En un caso de *justicia tardía*, el Instituto de Previsión Social (IPS) reconoce el derecho a pensión de un cónyuge supérstite que falleció mientras tramitaba el beneficio. Los herederos podrán cobrar el monto adeudado.