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El Gobierno mete un hachazo al Régimen de Contrataciones, eliminando la vía directa para universidades nacionales y efectores de la economía social. Se busca "transparencia" y "control de recursos", pero levanta polémica sobre el apoyo a sectores clave.
¡Bombazo en la Administración Pública Nacional! El Presidente acaba de firmar el Decreto N° 1096/2024, que modifica drásticamente el “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16. Esta movida, que entra en vigencia al día siguiente de su publicación, es una secuela del polémico Decreto N° 1091/24 y tiene un objetivo claro: "garantizar un efectivo control de los recursos y asegurar la transparencia de su uso". Pero, ¿a qué costo?
Lo más impactante es la derogación de los artículos 23, 23 bis y 24 del reglamento. Esto significa que se elimina la posibilidad de recurrir a la contratación directa, por "adjudicación simple" o "compulsa abreviada", con las Universidades Nacionales y con los efectores de desarrollo local y economía social (cooperativas, mutuales, etc.).
Hasta ahora, estas entidades tenían un tratamiento diferencial, que les permitía ser contratadas por el Estado de manera más ágil. El gobierno argumenta que esta "adecuación" busca compatibilizar el texto con las modificaciones previas al Decreto N° 1023/01, que instituyó el Régimen de Contrataciones. En la práctica, implica que universidades y organizaciones de la economía social deberán competir en igualdad de condiciones con el resto de los proveedores en los procesos de contratación, perdiendo un privilegio que para muchos era una herramienta de fomento y desarrollo.
La medida, impulsada bajo la bandera de la "transparencia", generará un fuerte debate. Por un lado, se busca evitar posibles favoritismos y asegurar que los recursos públicos se asignen de la manera más competitiva. Por otro, sectores académicos y de la economía social podrían ver limitado su acceso a contratos con el Estado, lo que podría impactar en sus presupuestos y en la capacidad de desarrollar proyectos en conjunto.
"Es un golpe al fomento de la investigación universitaria y a las cooperativas que brindan servicios esenciales al Estado", podría argumentar algún crítico.
El decreto también redefine los tipos de contratación directa, especificando cuándo aplica la "compulsa abreviada" (más de un oferente) y la "adjudicación simple" (un único oferente o naturaleza pública). La Oficina Nacional de Contrataciones será la encargada de adecuar la normativa, y todos los procedimientos en trámite donde no se haya perfeccionado el contrato, deberán ajustarse a estas nuevas y más estrictas reglas. ¡Un cambio que promete sacudir los cimientos de cómo el Estado se relaciona con actores clave de la sociedad civil y académica!