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La AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA) redefine las reglas del juego para los prestadores de seguridad en tránsito aduanero (ISTA), exigiendo garantías iniciales de un millón de dólares y sujetas a ajustes anuales. ¿Quiénes son los afectados y qué implica esta medida para el control fiscal?
La Dirección General de Aduanas, bajo la órbita de ARCA, ha dictado una resolución que sacude el sector del tránsito aduanero, estableciendo nuevas y más estrictas condiciones para las garantías de actuación de los Prestadores ISTA. La medida, que se basa en la Resolución General Nº 5.451/2023 de AFIP, busca resguardar el interés fiscal de la Nación ante posibles incumplimientos.
El punto más impactante es la exigencia de una garantía inicial de un millón de dólares estadounidenses (USD 1.000.000) para cada prestador ISTA. Este monto no es estático: deberá ser actualizado anualmente en enero, mediante una fórmula específica que determinará la Dirección de Reingeniería de Procesos Aduaneros. Además, la resolución aclara el alcance del concepto de “siniestro” para el cálculo de estas garantías, un detalle crucial que define la responsabilidad de las empresas.
La medida afecta directamente a un grupo de empresas clave en la seguridad y monitoreo del tránsito aduanero. Se han aprobado anexos reservados para firmas como PLK – RSI GROUP S.A. (CUIT 33-71026786-9), SAE TECH S.A. (CUIT 30-66293790-4), COL S.A. (CUIT 30-70879246-9), SIF AMERICA S.A. (CUIT 30-60661634-8), CONTROL CARGO S.A. (CUIT 30-71786321-2), SISTELCOM ARGENTINA S.R.L. (CUIT 30-71002909-8) y GEOTRACKING ARGENTINA S.A.S. (CUIT 30-71723157-7).
Estas compañías tienen un plazo perentorio de DIEZ (10) días desde la notificación para renovar o reajustar sus garantías conforme a los nuevos montos. La Aduana ha decidido mantener el carácter de reservado a los anexos específicos de cada empresa, invocando el secreto fiscal.
Para el ciudadano común, esta resolución se traduce en un mayor control y seguridad sobre las mercaderías en tránsito, lo que podría reducir la evasión y el contrabando, fortaleciendo así los ingresos del Estado. Sin embargo, para las empresas involucradas, representa un aumento significativo en los costos operativos y de riesgo, lo que podría generar cierta tensión en el sector. Es fundamental que las empresas afectadas revisen sus estructuras financieras y operativas para cumplir con estas nuevas exigencias y evitar sanciones.
Manténgase informado sobre futuras actualizaciones en el Boletín Oficial y consulte a expertos en comercio exterior para entender el impacto completo de estas normativas.
18 de febrero de 2025
28 de agosto de 2025
9 de enero de 2026