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La AFIP-Aduana dispara edictos masivos en Catamarca y Tucumán, intimando a decenas de ciudadanos por infracciones aduaneras. Con multas que escalan a millones de pesos y miles de dólares, la presión fiscal se recrudece y advierte sobre el "abandono de mercadería" y la temida "rebeldía".
Una verdadera cacería fiscal se desató en las últimas horas, con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (AFIP-Aduana) publicando una serie de avisos oficiales que ponen en jaque a decenas de argentinos en Catamarca y Tucumán, además de un caso en la Ciudad de Buenos Aires. El organismo recaudador no da tregua y exige el pago de millonarias multas y tributos por presuntas infracciones al Código Aduanero.
En Tinogasta, Catamarca, la Aduana citó a 39 personas para que, en un plazo perentorio de diez días hábiles, presenten sus defensas y ofrezcan pruebas. La acusación es grave: presunta infracción a los artículos 986 y 987 del Código Aduanero, que refieren a la falta de declaración o declaración inexacta de mercaderías. Las multas, que van desde los $8.658,25 hasta los $4.938.301,43 en pesos y desde los USD$71,39 hasta los USD$4.787,66 en dólares, suman un total estimado de más de $50 millones de pesos y $64 mil dólares. Quienes no comparezcan, se arriesgan a ser declarados en rebeldía (Art. 1105 C.A.), con las consecuentes implicaciones legales. La opción del pago voluntario del mínimo de la multa y el abandono de la mercadería a favor del Estado aparece como una salida para extinguir la acción penal.
La situación no es menos dramática en Tucumán, donde la Aduana local emitió edictos por la falta de domicilio cierto de los infractores. Aquí, 44 imputados (algunos con múltiples expedientes) fueron intimados al pago de multas y tributos que, en algunos casos, superan los $14 millones de pesos por persona. El monto total de las intimaciones asciende a la friolera de más de $195 millones de pesos. La Aduana advierte que la no cancelación de estas deudas implicará la aplicación del Artículo 1122 del Código Aduanero, que establece duras medidas. Además, esta notificación tiene carácter de interrupción del plazo de prescripción (Art. 806 Inc. a) del C.A.), lo que significa que el reloj vuelve a cero para los deudores. El plazo para impugnar es, nuevamente, de 10 días.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros también dio a conocer una resolución que, si bien ordena archivar una denuncia contra María Elizabeth Cabrera (DNI 18.787.210) por infracciones similares, lo hace bajo condiciones estrictas: la entrega de la mercadería, la acreditación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y, por supuesto, el pago de los tributos liquidados. Un claro mensaje de que, aunque se cierre un expediente, las obligaciones fiscales no desaparecen.
"Estas acciones demuestran la implacable postura del Estado en la lucha contra el comercio irregular y la evasión fiscal. El mensaje es claro: nadie escapa al control aduanero y las deudas se cobrarán, tarde o temprano," afirmó un analista cercano al sector.
¿Cómo afecta esto a la sociedad? Estas medidas, si bien son de rutina, resaltan la intensificación de los controles aduaneros y la necesidad de una estricta observancia de las normativas de importación y exportación. Para los ciudadanos comunes, es un recordatorio de que cualquier operación que cruce las fronteras debe estar en regla para evitar sanciones económicas severas. El impacto es directo para los involucrados, que enfrentan un golpe a sus bolsillos y la posibilidad de perder sus bienes.
Manténgase informado: Es crucial seguir los avisos del Boletín Oficial y, ante cualquier duda sobre operaciones aduaneras, buscar asesoramiento legal especializado para evitar caer en infracciones y enfrentar estas costosas consecuencias.
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