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El ENACOM le da luz verde a la Cooperativa de Nono para incursionar en la televisión por suscripción, pero le impone condiciones draconianas para evitar prácticas anticompetitivas. ¿Una jugada para proteger al consumidor o una traba burocrática?
El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha desatado una verdadera bomba en el sector de medios al inscribir a la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE NONO LIMITADA en el Registro de Servicios TIC para operar el servicio de Radiodifusión por Suscripción. Esta decisión, plasmada en la Resolución Sintetizada 1388/2025, no es un simple trámite: viene cargada de condiciones explosivas que buscarán evitar cualquier atisbo de competencia desleal. La cooperativa deberá, ni más ni menos, conformar una unidad de negocio separada para la televisión, llevar contabilidad independiente y facturar por separado sus servicios. ¡Adiós a los subsidios cruzados! El ENACOM busca blindar el mercado exigiendo que no se utilicen fondos del servicio público (como agua o electricidad) para subvencionar el servicio audiovisual, una práctica que históricamente ha generado controversia. Pero la cosa no termina ahí. La resolución también obliga a la cooperativa a facilitar el acceso a su infraestructura (postes, mástiles, ductos) a sus competidores en condiciones de mercado, y a distribuir un porcentaje creciente de contenidos de terceros independientes. Esto apunta directamente a fomentar la pluralidad de voces y evitar monopolios de contenido, un punto clave de la Ley N° 27.078, modificada por el Decreto 433/2025. Para el ciudadano común, esto podría significar más opciones de TV por cable y, quizás, precios más justos si la competencia realmente florece. Sin embargo, las estrictas regulaciones impuestas podrían ser una espada de doble filo, encareciendo la operación para la cooperativa y limitando su capacidad de ofrecer paquetes más atractivos. El ENACOM, con Juan Martín OZORES a la cabeza, deja claro que no permitirá "vivezas" en este nuevo escenario. ¡El ojo del Estado estará bien abierto!
14 de enero de 2026
25 de noviembre de 2025
25 de noviembre de 2025