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El Ministerio de Capital Humano homologa un acuerdo entre ALRA S.A. y SMATA que suspende personal con pago no remunerativo, reconociendo tácitamente una "situación de crisis" y eludiendo el Procedimiento Preventivo de Crisis. ¿Es una solución o un parche a la precarización laboral?
Una noticia que sacude al mundo del trabajo: el Ministerio de Capital Humano, a través de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, acaba de homologar un explosivo acuerdo entre la empresa automotriz ALRA SOCIEDAD ANÓNIMA y el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SMATA). Este pacto, lejos de celebrar aumentos, establece la suspensión de personal, aunque con una "prestación no remunerativa" amparada en el polémico Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
La medida permite a ALRA S.A. suspender trabajadores sin que esto compute como salario a efectos de cargas sociales, aunque sí como ingreso para los afectados. Lo más llamativo es que la autoridad laboral reconoce tácitamente una "situación de crisis" en la empresa, obviando el tradicional y más riguroso Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC) que exige la Ley 24.013. Esto se interpreta como un guiño a la flexibilidad empresarial en momentos de dificultad económica, pero ¿a qué costo para los trabajadores?
"Si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que imponen la obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical... se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con el mismo se logra preservar los puestos de trabajo, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad."
Para los ciudadanos y trabajadores, esto significa que la crisis económica sigue golpeando fuerte y las empresas buscan alternativas drásticas para evitar despidos masivos, pero que implican una reducción en los ingresos y una mayor incertidumbre laboral. La homologación de este tipo de acuerdos sienta un precedente peligroso sobre cómo se gestionarán las crisis futuras, priorizando la "preservación de puestos" a través de mecanismos que recortan derechos y beneficios indirectos.
Es crucial que los trabajadores afectados conozcan sus derechos individuales, ya que la homologación es de carácter colectivo, pero no invalida reclamos personales. Mantenerse informados a través del sindicato y asesorarse legalmente es clave ante este panorama de suspensiones.