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La Asociación de Médicos de la República Argentina (AMRA) logra la ampliación de su ámbito de actuación, sumando a los médicos de Neuquén y Salta bajo su paraguas gremial. ¿Qué implica esta movida para los profesionales de la salud?
La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano ha dado luz verde a una medida que sacude el tablero gremial de la salud. A través de la Resolución 748/2025, se reconoce a la ASOCIACIÓN DE MÉDICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (A.M.R.A.) la ampliación de su ámbito de actuación territorial.
¿Qué significa esto en la práctica? A partir de ahora, AMRA podrá representar a los trabajadores médicos en relación de dependencia con el Ministerio de Salud en la localidad de Neuquén (Departamento Confluencia) y en varias localidades de Salta (General Güemes, Rosario de Lerma y la ciudad de Salta). Esta expansión es crucial, ya que permite a la asociación fortalecer su presencia a nivel nacional y, potencialmente, aumentar su poder de negociación en futuras discusiones salariales y condiciones laborales para un sector tan sensible como el de la salud pública.
El camino no fue corto. AMRA ya contaba con Personería Gremial N° 1585 desde 1995 y su estatuto reconocía la zona de actuación en todo el territorio argentino. Sin embargo, esta resolución formaliza su capacidad de acción en estas nuevas regiones. Es importante destacar que este reconocimiento de "inscripción gremial" es un paso previo a la "personería gremial" en estas nuevas zonas, la cual será evaluada según los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551.
Para los médicos de estas provincias, la noticia podría significar una mayor representatividad y una voz más fuerte en sus reclamos. Para el Estado, implica un interlocutor gremial con mayor alcance, lo que podría simplificar o complicar futuras negociaciones, dependiendo de la dinámica. En un contexto de ajuste y tensión en el sector público, la consolidación de un gremio médico con alcance nacional es un dato no menor.
"El reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya ampliación de inscripción gremial se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los Artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551."
Mantente atento a cómo se desarrollan las relaciones laborales en el sector salud, porque esta ampliación podría ser el preludio de nuevas batallas gremiales.