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La ANSES da luz verde a varias mutuales y asociaciones para que puedan cobrar cuotas y servicios directamente de los haberes jubilatorios. Un sistema que busca facilitar, pero que exige *máxima atención* a nuestros adultos mayores.
¡Atención, jubilados! La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha encendido las alarmas con una serie de resoluciones (1217/2024 a 1222/2024) que autorizan a seis nuevas entidades a sumarse al polémico "Sistema de Descuentos No Obligatorios a Favor de Terceras Entidades". Esto significa que mutuales y asociaciones podrán descontar directamente de los haberes jubilatorios la cuota social y otros "servicios especiales", siempre con la conformidad expresa y formal del beneficiario.
Este sistema se basa en el artículo 14, inciso b) de la Ley N° 24.241, que permite la afectación de haberes con consentimiento. Sin embargo, el Decreto N° 246/2011 subraya la necesidad de resguardar los ingresos de los jubilados, considerándolos consumidores de servicios. ANSES, como autoridad, tiene el deber de garantizar esta protección.
"Deben garantizarse y resguardarse los ingresos de los jubilados y pensionados, protegiéndolos del actuar de terceros." - Decreto N° 246/2011
Para los beneficiarios, esta ampliación de entidades puede ser una comodidad para el pago de servicios de organizaciones como la Asociación Provincial de Jubilados y Pensionados “Fray Mamerto Esquiu” o la Asociación Mutual “7 de Agosto”. Pero es una fuerte advertencia para extremar la precaución. La experiencia nos obliga a ser vigilantes ante descuentos no deseados o no autorizados. Es CRÍTICO:
La información y la vigilancia activa son las defensas más potentes para nuestros adultos mayores en este nuevo escenario de descuentos directos.