Argentina Regula Reconocimiento de Indicaciones Geográficas del MERCOSUR
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca estableció el procedimiento para reconocer y proteger en Argentina las Indicaciones Geográficas (IG) de productos agrícolas y alimentarios originarios de otros Estados Partes del MERCOSUR.
Índices de Impacto
Organizaciones
- Ministerio de Economía
- Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
- Dirección Nacional de Alimentos y Desarrollo Regional
- Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI)
- Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Fechas Clave
MERCOSUR: Nuevas Reglas para Proteger el Origen de Productos Alimentarios
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, a través de la Resolución 67/2026, reguló el trámite previo para el reconocimiento y protección en Argentina de las Indicaciones Geográficas (IG) originarias de los Estados Partes del MERCOSUR. Esta medida se enmarca en el Acuerdo para la Protección Mutua de las Indicaciones Geográficas Originarias en los Territorios del bloque regional, aprobado por la Ley N° 27.765.
¿Qué son las Indicaciones Geográficas y por qué son Importantes?
Una Indicación Geográfica es un nombre que identifica a un producto o servicio como originario de un territorio, región o localidad específica, cuando una determinada calidad, reputación u otra característica del producto puede atribuirse fundamentalmente a su origen geográfico. Ejemplos conocidos son el Champagne de Francia o el Queso Roquefort.
Para Argentina y el MERCOSUR, la protección de las IG es crucial por varios motivos:
- Valor Agregado: Permite diferenciar productos y agregarles valor, asociándolos a una calidad y tradición específicas de su lugar de origen.
- Protección al Consumidor: Evita engaños y confusiones sobre la procedencia y características de los productos.
- Desarrollo Regional: Fomenta el desarrollo de economías regionales al proteger la producción local y su identidad.
- Comercio Internacional: Facilita el comercio al establecer un marco claro para la protección de estos distintivos en el ámbito regional.
El Proceso de Reconocimiento en Argentina
La resolución detalla el proceso que deberán seguir las IG del MERCOSUR para ser reconocidas en Argentina. Este incluye:
- Publicación: La Dirección Nacional de Alimentos y Desarrollo Regional publicará un listado de las IG y sus fichas técnicas en el Boletín Oficial y en la página web de Alimentos Argentinos (www.alimentosargentinos.gob.ar).
- Manifestaciones de Terceros: Tras la publicación, cualquier persona humana o jurídica de Argentina con un interés legítimo tendrá un plazo de treinta (30) días para presentar objeciones fundadas. Estas objeciones pueden basarse en que el nombre sea genérico, que ya exista una marca registrada similar, que induzca a error al consumidor, o que entre en conflicto con el nombre de una variedad vegetal o raza animal.
- Dictamen Técnico: Una vez finalizado el período de objeciones, la Dirección Nacional de Alimentos y Desarrollo Regional elaborará un dictamen técnico. Este dictamen, junto con las manifestaciones recibidas, será remitido al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto para la continuidad del procedimiento en el MERCOSUR.
Esta normativa es fundamental para armonizar los criterios de protección de las IG en el bloque, lo que beneficiará a los productores argentinos que busquen proteger sus denominaciones de origen en la región y a los consumidores, que tendrán mayor certeza sobre la autenticidad de los productos que adquieren.
