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Una nueva Resolución General de la ex-AFIP, ahora ARCA, sacude el mundo de la facturación electrónica. Se unifica el criterio para el tipo de cambio en operaciones en moneda extranjera y se exige más información a los contribuyentes. ¡Prepárense para los cambios!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la ex-AFIP, acaba de lanzar un misil regulatorio que impacta de lleno en la forma en que las empresas y contribuyentes facturan operaciones en moneda extranjera. La Resolución General 5616/2024 no es un mero ajuste, sino una reconfiguración clave que busca mayor control y transparencia en las transacciones que involucran divisas.
La medida, que viene a reordenar varias resoluciones anteriores (1.415, 3.561, 4.291 y 5.198), establece que cuando una operación se facture en moneda extranjera y se cancele en la misma moneda, el sistema automáticamente consignará el tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina (BNA) al cierre del día hábil anterior a la emisión. ¡Se acabó la libre elección y la picardía con el tipo de cambio! Esto nace de las modificaciones introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que buscó poner fin a ciertas ambigüedades en el Código Civil y Comercial.
Además, un detalle no menor es que los comprobantes electrónicos ahora deberán identificar la condición ante el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del cliente. Esto significa que el cliente (comprador, locatario o prestatario) deberá tener su situación fiscal clara en cada factura, facilitando el control cruzado para el fisco y el Libro de IVA Digital.
Para las empresas que operan con moneda extranjera, esto implica una mayor estandarización y menos margen de maniobra en la determinación del tipo de cambio. Si bien esto podría traer mayor previsibilidad para algunos, para otros representa una restricción en la gestión de sus finanzas y la necesidad de ajustar sus sistemas contables y de facturación. La carga administrativa se incrementa ligeramente al tener que informar la condición de IVA del cliente, aunque los sistemas de facturación electrónica prometen automatizar gran parte de esto.
Las adecuaciones a los sistemas de facturación electrónica se implementarán de forma escalonada, con fechas clave como el 15 de enero de 2025 para el "WebService" y "Comprobantes en Línea", y el 5 de marzo de 2025 para "Facturador Móvil" y la herramienta "Facturador". Hasta entonces, la responsabilidad de consignar el tipo de cambio correcto recae en el emisor. ¡Atención a los plazos, porque el fisco no perdona!
Esta resolución es una clara señal del endurecimiento del control fiscal en un contexto de alta volatilidad económica. Los contribuyentes deben estar más atentos que nunca para evitar sorpresas y multas. Para mantenerse informado, se recomienda seguir de cerca las publicaciones de ARCA y consultar con sus contadores de confianza.