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La Autoridad Regulatoria Nuclear tomó decisiones explosivas: perdonó una deuda millonaria a la CNEA por "interés público" y endureció las normas de seguridad atómica. ¿Una bomba de tiempo o un paso hacia la transparencia?
La Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) ha movido el tablero en el sector atómico con una serie de resoluciones que no pasaron desapercibidas. La más polémica, la Resolución 67/2026, otorga una prórroga de autorización clave a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) para su 'PLANTA DE FABRICACIÓN DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE INVESTIGACIÓN (ECRI)' en el Centro Atómico Constituyentes. ¿El detalle escandaloso? Se hizo a pesar de que la CNEA registra una deuda por Tasa Regulatoria del año 2025.
Desde la ARN justifican esta 'excepción' al Artículo 26 de la Ley N° 24.804 argumentando un 'carácter de interés público', ya que las actividades de la CNEA tienen 'impacto en la cadena de suministro de prácticas de medicina nuclear'. Esto significa que, para asegurar la provisión de insumos para tratamientos médicos, se pasó por alto una obligación fiscal. Si bien se aplicarán intereses punitorios, la medida sienta un precedente sobre la flexibilidad regulatoria ante entidades estatales estratégicas.
En contraste, la Resolución 89/2026 presenta un giro hacia una mayor rigidez y control. La ARN aprobó la Norma AR 10.13.1 “Protección Física de Materiales e Instalaciones Nucleares”, Revisión 2, que reemplaza a la versión de 2002. Esta actualización es crucial para alinear a Argentina con los estándares internacionales del ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (OIEA) y cumplir con la Enmienda a la Convención sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares (Ley N° 26.640).
La nueva norma busca fortalecer la seguridad física de los materiales e instalaciones nucleares, prevenir actos intencionales y asegurar que las actividades atómicas no se desvíen a fines no autorizados. Es un paso fundamental para la no proliferación y la confianza internacional, aunque implicará mayores exigencias para los operadores del sector.
Finalmente, la Resolución 79/2026 cierra el círculo con la baja de dos Licencias de Operación del CENTRO DE TOMOGRAFÍA COMPUTADA ADROGUÉ S.A. para el uso de fuentes radiactivas en estudios diagnósticos y tratamientos de tiroides. Una medida administrativa que refleja el cese de ciertas actividades nucleares médicas por parte de un operador privado, tras la transferencia de sus materiales radiactivos.
La ARN parece jugar en dos frentes: por un lado, una postura flexible con la CNEA por 'interés público' (Resolución 67/2026), y por el otro, una mano dura y modernizadora en la regulación general de seguridad (Resolución 89/2026). ¿Es una contradicción o un pragmatismo necesario para equilibrar la producción estratégica con la seguridad global? El debate está abierto.
"La ARN tiene la delicada tarea de equilibrar la promoción de la actividad nuclear con la máxima seguridad y el cumplimiento normativo. Las excepciones, por más justificadas que parezcan, siempre generan ruido", señaló un experto del sector.