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La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) desató una ola de resoluciones que fijan nuevos sueldos mínimos para ocho actividades rurales clave en Mendoza y San Juan. Desde el riego hasta la cosecha de frutilla, los bolsillos de miles de trabajadores se verán impactados, ¡pero ojo con la polémica 'cuota solidaria' que se viene!
Una batería de resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) ha sacudido el panorama laboral en las provincias de Mendoza y San Juan, estableciendo nuevas remuneraciones mínimas para diversas tareas agrícolas. Estas medidas, que entran en vigencia a partir de diciembre de 2024 y enero/febrero de 2025, buscan actualizar los ingresos de los trabajadores del campo en un contexto económico desafiante.
La CNTA, basándose en acuerdos de la Comisión Asesora Regional N° 6 y tras el consenso de las representaciones sectoriales, fijó los nuevos pisos salariales para las siguientes actividades:
Estas resoluciones impactan directamente a miles de trabajadores rurales en ambas provincias, garantizándoles un ingreso base actualizado. Para los empleadores, significa un incremento en los costos laborales, lo que podría generar presiones en la estructura de precios de los productos agrícolas regionales.
Pero el plato fuerte de estas medidas no es solo el aumento salarial. Todas las resoluciones instauran una cuota aporte de solidaridad gremial del DOS POR CIENTO (2%) mensual sobre el total de las remuneraciones. Esta cuota, que será retenida por los empleadores y depositada en una cuenta especial de la U.A.T.R.E. (Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores), es obligatoria para todos los trabajadores comprendidos, excepto para aquellos ya afiliados a la asociación sindical signataria.
Esta 'cuota solidaria' es un punto de fricción habitual. Si bien los sindicatos la justifican como una forma de financiar la representación y los beneficios para todos los trabajadores del sector, críticos la ven como una imposición que afecta la libertad individual de no afiliarse o no contribuir a una entidad específica.
Es importante destacar que los salarios fijados no incluyen el Sueldo Anual Complementario (SAC) y se mantiene la indemnización sustitutiva por vacaciones del DIEZ POR CIENTO (10%), tal como lo establece la Ley N° 26.727. Además, la CNTA se compromete a reunirse si alguna de las partes solicita revisar las escalas salariales ante posibles variaciones económicas.
Para el ciudadano común, esto podría traducirse en un leve aumento en los precios de productos como ajos, higos, orégano, tomates, frutillas y cebollas, ya que los mayores costos laborales suelen trasladarse al consumidor final. Es crucial que tanto trabajadores como empleadores consulten los anexos de cada resolución para conocer las escalas salariales específicas y asegurarse de cumplir con las nuevas disposiciones. Mantenerse informado a través de los canales oficiales de la CNTA y los gremios será clave para evitar sorpresas.