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El Poder Ejecutivo rechazó los recursos de tres agentes que habían sido pasados a disponibilidad en el Ministerio de Capital Humano, ratificando la legalidad de las medidas de reestructuración.
El Gobierno Nacional, a través de los Decretos 386/2026, 388/2026 y 387/2026, rechazó los recursos jerárquicos en subsidio de reconsideración interpuestos por los agentes Matías Daniel CAMBIAGGI, Gustavo Adrián DE LA HORRA y Valeria Fernanda GARCÍA. Estos agentes habían sido pasados a situación de disponibilidad por el Ministerio de Capital Humano (Resolución N° 126/25) como consecuencia de la supresión de unidades organizativas dispuesta por el Decreto N° 151/25.
Los recurrentes argumentaban que el acto administrativo de pase a disponibilidad era ilegítimo, inválido e inconstitucional, alegando que los artículos 11 y 14 de la Ley N° 25.164 (Marco de Regulación de Empleo Público Nacional) y sus reglamentaciones eran contrarios al artículo 14 bis de la Constitución Nacional, y que debían ser reubicados en otras áreas de la Administración Pública. También sostenían la falta de motivación y la vulneración del derecho a defensa.
El Poder Ejecutivo, con el aval de la Oficina Nacional de Empleo Público y el servicio jurídico permanente, ratificó la legalidad de las medidas. Se señaló que la supresión de las unidades organizativas donde prestaban servicios los agentes (Subsecretaría de Innovación en Economía Solidaria y Coordinación de Logística para Ayudas Urgentes) justificaba la aplicación del régimen de disponibilidad. Además, se reiteró la doctrina de la Procuración del Tesoro de la Nación que establece que no le corresponde al Poder Ejecutivo pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de las leyes, siendo esta una facultad privativa del Poder Judicial.
Estos decretos confirman la firmeza del Gobierno en su política de reestructuración del Estado, que implica la supresión de áreas y la consecuente puesta en disponibilidad de personal de planta permanente. Si bien el rechazo de los recursos es un golpe para los agentes involucrados, la medida subraya la postura oficial de avanzar con la reorganización de la Administración Pública Nacional. La decisión, aunque individual en cada caso, sienta un precedente sobre la aplicación de la Ley de Empleo Público en contextos de reestructuración. Los agentes tienen la vía judicial expedita para continuar sus reclamos, lo que podría generar futuras instancias de debate legal sobre la constitucionalidad de estas medidas.
Para el ciudadano común, estas resoluciones reflejan el proceso de reordenamiento del Estado, que busca mayor eficiencia, pero que a su vez genera tensiones con los derechos laborales de los empleados públicos. La situación pone de manifiesto el delicado equilibrio entre la facultad del Estado de organizar su estructura y la garantía de estabilidad de sus trabajadores.