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El Instituto de Previsión Social (IPS) intima a herederos de una jubilada fallecida a pagar una deuda y resuelve una pensión póstuma, revelando el laberinto burocrático.
El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires está moviendo sus hilos, y no precisamente para buenas noticias para todos. Se publican dos artículos que reflejan la complejidad y, a veces, la crudeza de los trámites previsionales.
La Ley N° 9650/80 (Art. 2) intima por edictos a los herederos de HILDA JULIA BLUNCK para que en 10 días paguen o propongan un plan de pago de un saldo deudor. Caso contrario, el IPS habilitará la vía ejecutiva, lo que podría significar un dolor de cabeza legal y económico para los herederos. Se les indica cómo realizar el pago o presentar la propuesta a través de los Centros de Atención Previsional o turnos no presenciales. La Resolución N° 040739, de fecha 11 de marzo de 2026, es el sustento de esta intimación.
Paralelamente, la RESOLUCIÓN N° 767 aborda el caso de Augusto Enrique OPPICI, quien solicitó una pensión como cónyuge supérstite de Elsa Norma TOLOSA, fallecida el 25 de junio de 2023. Curiosamente, el solicitante falleció durante la tramitación (el 26 de enero de 2024), por lo que el IPS reconoce el derecho a la pensión para OPPICI, pero las sumas resultantes se declararán de legítimo abono a favor de sus herederos. La pensión equivale al 53% del sueldo y bonificaciones de los cargos de Profesora de la causante.
Estos casos muestran la presión del IPS para cobrar deudas de beneficiarios fallecidos, lo que puede sorprender a herederos desprevenidos. Por otro lado, la burocracia que no detiene el reloj, llevando a que una pensión se resuelva post-mortem, dejando a los herederos con la tarea de acreditar su carácter legal para cobrar lo adeudado.
Es un recordatorio crucial para todos: mantener las finanzas y los trámites previsionales al día, y en caso de fallecimiento de un familiar, actuar rápidamente para evitar intromisiones legales o para asegurar el cobro de beneficios. La información sobre deudas o derechos de pensión no siempre llega de forma sencilla, y los edictos son la última herramienta del Estado para notificar.
"El laberinto del IPS puede ser implacable, hay que estar informado y preparado", aconseja un abogado previsional.