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El Ministerio de Transporte bonaerense rechazó de forma contundente los recursos de revocatoria y jerárquico presentados por PLATABUS S.A. contra resoluciones clave, consolidando la postura estatal en la regulación del servicio.
En un episodio que sacude el sector del transporte bonaerense, el Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires le asestó un golpe contundente a la firma PLATABUS S.A. al rechazar de plano los recursos de revocatoria y jerárquico que la empresa había interpuesto contra dos resoluciones ministeriales clave: la N° 251/2024 y la N° 391/2025. Este fallo no solo ratifica la autoridad del Estado en la regulación del servicio, sino que también sienta un precedente importante.
La batalla legal se centró en dos frentes. En el caso de la Resolución N° 251/2024, publicada el 28 de octubre de 2024, el recurso de PLATABUS S.A. fue declarado inadmisible por "extemporáneo", es decir, presentado fuera del plazo legal de diez días. ¡Un error de cálculo que le costó caro a la empresa y que dejó firme la decisión original del Ministerio!
Respecto a la Resolución N° 391/2025, publicada el 30 de diciembre de 2025, el recurso sí fue admitido formalmente, pero rechazado en el fondo. El Ministerio fue lapidario al señalar que PLATABUS S.A. "se limita a efectuar manifestaciones genéricas y dogmáticas" sin lograr acreditar vicios graves en los actos administrativos. La clave de la disputa giró en torno a la diferenciación entre los servicios públicos regulares de transporte de pasajeros y los servicios especializados de transporte de pasajeros - categoría Turismo. El Ministerio enfatizó que estos últimos son "una modalidad excepcional, estacional y no permanente", regidos por normativa específica y que la titularidad de concesiones regulares no otorga derechos adquiridos para los servicios de turismo.
Además, se reveló que PLATABUS S.A. ni siquiera figuraba como permisionaria del Servicio Especializado de Turismo para la temporada estival 2025-2026 por "falta de cumplimiento de los recaudos documentales". Esto refuerza la posición del Ministerio y deja a la empresa en una situación comprometida. La decisión de no suspender los efectos de los actos administrativos impugnados subraya la prioridad de "la continuidad, regularidad y normal prestación del servicio público de transporte". Para los usuarios, esto significa que el Estado reafirma su rol de garante de los servicios, pero para las empresas, es una clara advertencia sobre la necesidad de cumplir estrictamente con los marcos regulatorios y los plazos administrativos. La "guerra" del transporte parece tener un claro ganador en esta contienda.