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El Ministerio de Capital Humano homologó y registró múltiples acuerdos paritarios para sectores clave como energía, transporte, farmacia y entretenimiento. Millones de trabajadores verán sus sueldos actualizados, pero la letra chica esconde advertencias cruciales sobre sumas no remunerativas.
El Boletín Oficial de hoy sacude el tablero laboral con la homologación y registro masivo de convenios colectivos de trabajo que impactan directamente en el sueldo de miles de argentinos. La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano, dio luz verde a una serie de acuerdos paritarios que buscan actualizar las condiciones salariales frente a la galopante inflación.
Ferroviarios en la Pampa (Disposición 2160/2025): Se homologó el acuerdo entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD y FERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA (CCT N° 1548/17 “E”), pactando nuevas condiciones salariales. ¡Ojo! El Ministerio advirtió sobre el carácter de sumas no remunerativas para algunos conceptos, recordándoles a las partes lo dispuesto por el Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744. Además, la contribución empresarial al sindicato deberá tener una administración especial, como indica el Artículo 4° del Decreto N° 467/88. Esto significa que ciertos aumentos podrían no impactar en futuros cálculos indemnizatorios o aportes.
Energía Patagónica (Disposición 2154/2025): La ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (APJAE) y ORAZUL ENERGY CERROS COLORADOS SOCIEDAD ANONIMA (CCT N° 183/95 “E”) vieron registrado su acuerdo de incrementos salariales. Un respiro para los trabajadores del sector energético en una zona clave del país.
Transporte de Alta Tensión (Disposición 2153/2025): Otro golpe de timón para APJAE, esta vez con COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION TRANSENER SOCIEDAD ANONIMA (CCT N° 1156/10 “E”), con la registración de incrementos salariales. La energía no solo se produce, sino que se transporta, y sus trabajadores también sienten el impacto de la negociación colectiva.
Electricidad Mendocina (Disposición 2155/2025): La misma ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍA cerró un acuerdo de recomposición salarial con la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE MENDOZA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEMSA) (CCT N° 1704/24 “E”). Más salarios actualizados en la distribución eléctrica provincial.
Estaciones de Servicio Chaqueñas (Disposición 1920/2025): El SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS DE AUTOMOTORES, GOMERIAS Y ANEXOS A ESTACIONES DE SERVICIO DE LA PROVINCIA DEL CHACO (SOESGYPE - CHACO) y la CÁMARA DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DEL CHACO (CECACH) lograron la homologación de nuevas condiciones salariales para el CCT N° 418/05. Un alivio para los playeros y empleados de servicios en el norte argentino.
Juegos de Azar en CABA (Disposición 1922/2025): El SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la CAMARA DE AGENCIAS OFICIALES DE LA LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO vieron homologadas sus modificaciones salariales para el CCT N° 656/12. Aquí también el Ministerio hizo la advertencia sobre el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 respecto a sumas no remunerativas.
Farmacéuticos y Bioquímicos (Disposición 2157/2025): El SINDICATO ARGENTINO DE FARMACEUTICOS Y BIOQUIMICOS (SAFYB) y la CONFEDERACION FARMACEUTICA ARGENTINA (COFA) lograron la homologación de modificaciones salariales para el CCT N° 707/15. Una vez más, la cartera laboral recordó a las partes la importancia del Artículo 103 de la LCT sobre sumas no remunerativas.
Deportes y Natatorios (Disposición 2159/2025): Finalmente, la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) y la CÁMARA DE NATATORIOS Y AFINES obtuvieron la homologación de modificaciones salariales para el CCT N° 703/14. También se incluyó la advertencia sobre sumas no remunerativas del Artículo 103 de la LCT.
Estos actos administrativos, si bien son rutinarios, son vitales. Confirman que los acuerdos entre gremios y cámaras empresarias son legales y obligatorios. Para los trabajadores, implica una actualización de sus ingresos, vital para no perder poder adquisitivo. Para las empresas, significa certidumbre en sus costos laborales y una base para la paz social. Sin embargo, la insistencia del Ministerio en recordar el carácter de las sumas no remunerativas es una señal: ¡Atención a la composición del salario! No todo lo que se suma al sueldo impacta de la misma manera en beneficios o indemnizaciones futuras. Es fundamental que cada trabajador revise su recibo y comprenda qué conceptos son salariales y cuáles no.
"El Estado garantiza el marco legal para que trabajadores y empleadores definan salarios justos, pero vela por la correcta aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo", afirmó una fuente cercana a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo.
Para estar al tanto de futuras actualizaciones, se recomienda seguir de cerca el Boletín Oficial y las comunicaciones de los respectivos sindicatos.
22 de diciembre de 2025
7 de enero de 2026
19 de diciembre de 2025