Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La AFIP-Aduana, en un nuevo edicto, cita a imputados por graves infracciones al Código Aduanero. Multas que superan el medio millón de pesos y tributos en dólares, con la sombra de la rebeldía acechando. ¡El reloj corre para los acusados!
Mientras unos respiran aliviados por el archivo de sus causas, otros sienten la presión de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. En un nuevo edicto publicado en el Boletín Oficial, el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros ha citado formalmente a varios imputados para que presenten su defensa por infracciones al Artículo 977 del Código Aduanero. Este artículo se refiere a delitos como el contrabando, lo que eleva el tono de la situación y pone a los acusados en una posición delicada.
Los implicados tienen un plazo perentorio de diez (10) días hábiles para comparecer, ofrecer pruebas y constituir domicilio legal en la oficina aduanera de Azopardo N.º 350, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La advertencia es clara: de no hacerlo, se les declarará en rebeldía, una situación que agrava significativamente su posición legal y puede derivar en consecuencias mucho más severas. Es crucial que los citados actúen con celeridad y busquen asesoramiento legal.
Las cifras son impactantes: se mencionan multas que rondan los $440.586,00 y $581.118,30 pesos, además de tributos pendientes que superan los U$D 1.773,6 y U$D 6.435,06 dólares. La Aduana, sin embargo, ofrece una salida para aquellos que deseen evitar un proceso judicial prolongado: el pago de la multa mínima junto con el abandono de la mercadería a favor del Estado puede extinguir la acción penal y evitar que quede un antecedente registrado (según los artículos 930 y 932 del Código Aduanero). Esta es una oportunidad para los acusados de resolver su situación sin llegar a un juicio completo. Sin embargo, la exigencia de abonar los tributos y presentar certificados para liberar cualquier mercadería sigue siendo un requisito ineludible. La Aduana muestra los dientes, dejando en claro que, si bien puede archivar casos menores, no dudará en perseguir las infracciones que considera graves para mantener el orden y la fiscalización del comercio exterior.