Nueva prepaga autorizada a operar en CABA y GBA
La Superintendencia de Servicios de Salud inscribió a ASSISTENCIAL SALUD S.A. en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga, autorizándola a funcionar en CABA y 36 municipios bonaerenses.
Índices de Impacto
Organizaciones
- SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Fechas Clave
La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) ha emitido la Resolución N° 956/2026, mediante la cual inscribe a la entidad ASSISTENCIAL SALUD S.A. (CUIT N° 30-71522936-2) en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP). Esta autorización le permite a la empresa operar y ofrecer sus servicios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en 36 municipios de la Provincia de Buenos Aires.
Alcance de la Autorización:
La autorización para funcionar se otorga en los términos del inciso e) del artículo 5° de la Ley N° 26.682 y su reglamentación. Además de la inscripción en el RNEMP, la SSS instruye a la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro para que continúe de inmediato con el trámite de inscripción de ASSISTENCIAL SALUD S.A. en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS), bajo el encuadre del inciso i) del artículo 1° de la Ley N° 23.660.
Impacto para Ciudadanos y el Sector de Salud
- Mayor oferta de servicios: La incorporación de una nueva entidad de medicina prepaga puede generar mayor competencia en el mercado, lo que potencialmente beneficia a los usuarios con más opciones y, quizás, mejores condiciones de servicio o precios.
- Regulación y control: La inscripción en los registros de la SSS garantiza que la nueva prepaga cumpla con los requisitos económicos, financieros y prestacionales exigidos por la normativa vigente, brindando un marco de seguridad y transparencia para los afiliados.
- Expansión geográfica: La cobertura en una amplia zona del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) significa que un número significativo de ciudadanos tendrá acceso a esta nueva opción.
La resolución intima a la entidad a dar cumplimiento con el artículo 4° de la Resolución SSS N° 1950/2021, lo que subraya la importancia del seguimiento y control por parte del organismo regulador.
